Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 68

Fecha del Boletín 
21-03-2023

Sección 1.4.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230321-25

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

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ADENDA de 9 de marzo de 2023, de prórroga del convenio de 7 de junio de 2022, entre la Comunidad de Madrid y Radio Televisión Madrid, S. A. U., para la promoción de principios y valores de interés general.

De una parte, D. Miguel Ángel García Martín, Viceconsejero de Presidencia de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación de la misma en virtud del Decreto 93/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se le nombra Viceconsejero de Presidencia, actuando por delegación del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, de conformidad con el apartado noveno de la Orden de 10 de diciembre de 2021, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y otras materias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, para ejercer las atribuciones que le confieren el artículo 41 a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, y de conformidad con el Decreto 191/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior.

Y, de otra, Radio Televisión Madrid, S. A. U., empresa pública mercantil con forma de sociedad anónima (en adelante RTVM), con domicilio social en Paseo del Príncipe n.o 3, Ciudad de la Imagen, 28023 Pozuelo de Alarcón, Madrid, constituida mediante escritura pública de fecha 20 de septiembre de 2016, otorgada ante el notario de Madrid, Don Ricardo Isaías Pérez Ballarín, con el número 666 de orden de su protocolo, con CIF A-87645719 e inscrita en el registro mercantil de Madrid, tomo 35150, folio 1, hoja M-632124; representada en este acto por D. José Antonio Sánchez Domínguez, en su calidad de administrador provisional de RTVM, cargo para el que fue nombrado por Decreto 174/2021, de 14 de julio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2021), ratificado por el Pleno de la Asamblea en sesión celebrada el 23 de septiembre de 2021, y que ostenta las facultades recogidas en los artículos 22.3 y 25 de la Ley 8/2015, de 28 de diciembre, de Radio Televisión Madrid.

Ambas partes, que actúan en razón de las facultades que sus respectivos cargos les otorgan, se reconocen la capacidad necesaria para formalizar el presente convenio marco de colaboración, y a tal efecto,

EXPONEN

Primero

El 7 de junio de 2022 se firmó un convenio entre la Comunidad de Madrid y la sociedad mercantil pública Radio Televisión Madrid, S. A. U. (en adelante, RTVM) cuyo objeto es establecer los términos que regularán la colaboración entre las partes para la promoción y difusión de los principios generales inspiradores recogidos en la Carta Básica de RTVM, tales como el respeto y fomento de los principios y valores contemplados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, el apoyo a la integración social de las minorías o la promoción y el respeto a los valores ecológicos y del medio ambiente y que son compartidos por ambas instituciones.

Segundo

La Comisión de Seguimiento del convenio, reunida con fecha 1 de marzo de 2023, ha valorado de forma positiva los trabajos desarrollados durante la vigencia del convenio, estimándose que son acordes a los objetivos planteados inicialmente.

Tercero

RTVM plantea en la Comisión de Seguimiento la posibilidad de acometer un nuevo grupo de actuaciones especiales a desarrollar en el marco del convenio durante 2023. En consecuencia, se considera conveniente por ambas partes seguir colaborando en el objetivo final de dar respuesta a los retos actuales y futuros de la sociedad madrileña mediante el desarrollo de políticas públicas por la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas, y mediante la prestación por RTVM del servicio público de comunicación audiovisual, a través de la realización de una programación especial en radio, televisión e Internet que permita alcanzar una mayor difusión y captación entre los ciudadanos de los principios inspiradores establecidos por el artículo 7 de la Ley 2/2001, de 18 de abril, de contenidos audiovisuales y servicios adicionales y por el artículo 4 de la Ley 8/2015, de 28 de diciembre, de Radio Televisión Madrid.

Cuarto

La cláusula séptima del convenio de 7 de junio de 2022 establece que el convenio tendrá una vigencia de un año, pudiendo prorrogarse por años sucesivos sin que la duración total de las prórrogas exceda de cuatro años.

Por tanto, la vigencia del convenio se extinguirá el 7 de junio de 2023.

Es por ello que las partes suscriben la presente adenda, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Se prorroga durante el plazo de un año el convenio suscrito el 7 de junio de 2022 entre la Comunidad de Madrid y Radio Televisión Madrid, S. A. U., para la promoción de principios y valores de interés general.

Por lo tanto, los efectos de la presente adenda de prórroga se extenderán desde el día 7 de junio de 2023 hasta el día equivalente del año 2024.

Segunda

Se mantienen vigentes los compromisos y obligaciones que las partes asumieron en el convenio suscrito el 7 de junio de 2022, no modificados por el presente acuerdo de prórroga.

Y para que así conste, en prueba de conformidad, las partes firman la presente Adenda al Convenio el 9 de marzo de 2023.

Madrid, a 9 de marzo de 2023.—El Viceconsejero de Presidencia, Miguel Ángel García Martín.—El Administrador Provisional de Radio Televisión Madrid, S. A. U., José Antonio Sánchez Domínguez.

(03/4.275/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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