Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
22-03-2023

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230322-24

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

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RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2023, del Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueba y hacen públicas las bases y la convocatoria de diferentes ayudas de movilidad internacional de estudiantes, cofinanciadas por el Banco Santander, para realizar estudios en el curso académico 2023-2024, dentro del Programa MUNDE.

BDNS: 681616

Extracto de la Resolución del Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueba y hacen públicas las bases y la convocatoria de diferentes ayudas de movilidad internacional de estudiantes, cofinanciadas por el Banco Santander, para realizar estudios en el curso académico 2023-2024, dentro del Programa MUNDE.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero

Beneficiarios

Estar matriculado en la URJC en programas conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Grado en el momento de la solicitud y hasta la finalización del período de disfrute de la beca movilidad.

Tener concedido un intercambio académico en aquellas universidades donde la Universidad Rey Juan Carlos tiene establecido un convenio de movilidad internacional dentro del Programa MUNDE y que por la naturaleza del país no puede ser financiada esa movilidad con fondos del Programa Erasmus+ KA131.

Todo alumno que opte a una beca MUNDE deberá inscribirse de manera obligatoria en la página web: www.becas-santander.com

Segundo

Objeto

Se convocan 100 becas cofinanciadas por el Banco Santander, destinadas a estudiantes universitarios matriculados en la Universidad Rey Juan Carlos que se encuentren cursando estudios conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Grado y que cumplan los requisitos básicos de participación indicados en la convocatoria.

Tercero

Bases reguladoras

La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la Universidad: https://sede.urjc.es y en https://urjc.es

Cuarto

Cuantía

El importe de la beca asciende a 1.800 euros (mil ochocientos euros) y se destinará a ayudar a sufragar los costes de desplazamiento, manutención y alojamiento en las universidades de destino. No se destinarán a cubrir la totalidad de los costes de los estudios en el extranjero.

Las becas se financiarán con cargo al Presupuesto de la Universidad Rey Juan Carlos.

Importe de la convocatoria: La cantidad total máxima de la presente convocatoria es ciento ochenta mil (180.000,00 euros), de los que ciento treinta mil euros (130.000 euros), los aporta el Banco Santander y se hará efectiva con cargo a la aplicación presupuestaria 30VCRISR 432A 483.06, en el ejercicio presupuestario 2023.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo para la realización de las solicitudes on-line será de 15 días a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria.

La solicitud se presentará online, sin prejuicio de lo establecido en artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los estudiantes deberán rellenar dentro de los plazos establecidos el formulario electrónico que estará disponible en la página web de la URJC en el siguiente link: https://sede.urjc.es/catalogo-de-servicios/BMUNDE

Sexto

Procedimiento de concesión

El procedimiento de concesión de las becas se regirá por el sistema de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en los artículos 22.1 y 23.2.d) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Todo el proceso de presentación de solicitudes, adjudicación y renuncia de ayudas será competencia del Vicerrectorado de Relaciones Internacionales de la URJC, que será el Órgano Instructor.

La selección de los beneficiarios se hará por la Comisión de Valoración de la presente convocatoria, que estará formado por:

— Dña. María Luisa Humanes Humanes, Vicerrectora de Relaciones Internacionales.

— D. Pablo T. Salvadores Alonso, Director de Área de Proyectos y Relaciones Internacionales.

— Dña. Constanza Barrios Ramos, Jefe de Servicio de Relaciones Internacionales.

Suplentes:

— Dña. María Ángeles Cano Linares, Directora Académica de Internacionalización y Promoción Lingüística.

— Dña. Elisa Gómez-Luengo San Román, Jefe de Sección de Relaciones Internacionales.

— D. José Ignacio Fernández Nuevo, Jefe de Sección de Relaciones Internacionales.

Esta selección se realizará en función de la nota media y créditos superados de cada estudiante y que serán tomados de los utilizados en la convocatoria de movilidad internacional de estudiantes que concedió las estancias de movilidad para las que se convocan las presentes becas. Las becas serán asignadas entre todos los adjudicatarios de una plaza MUNDE de la URJC para el curso 2023-2024.

Entre todos aquellos estudiantes que hayan obtenido una plaza MUNDE se asignarán las becas a aquellos estudiantes que tengan una mayor puntuación. Esta puntuación definitiva, con la que cada estudiante optará a estas becas, será la resultante de la nota media de expediente tras aplicarse el siguiente coeficiente corrector según el área de conocimiento de cada titulación cursada por el estudiante:

— Estudios del Área de Arquitectura e Ingeniería: 1,17.

— Estudios del Área de Ciencias: 1,11.

— Estudios del Área de Ciencias de la Salud: 1,05.

— Estudios del Área de Ciencias Jurídicas y Sociales: 1,00.

— Estudios del Área de Artes y Humanidades 1,00.

Con la puntuación resultante será con la que opte a estas ayudas.

A igualdad de puntuación y para calcular el desempate entre los mismos se tendrá en cuenta en primer lugar aquellos candidatos a esta beca que sean beneficiarios de una beca general del ministerio en el presente curso y en el caso de que continúe el empate, se utilizará como criterio el número de créditos superados, adjudicándose la ayuda al alumno que haya superado un mayor número de créditos. Si persistiera el empate se utilizaría la nota media de expediente sin tener en cuenta la nota media de su carrera.

De no haberse resuelto la concesión de becas generales del presente curso en la fecha de adjudicación de estas ayudas se utilizará como criterio haber sido beneficiario de dicha beca en el curso anterior.

En el caso de producirse renuncias a las ayudas financieras adjudicadas, el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales procederá a la reasignación de las ayudas entre los siguientes alumnos de la lista anterior siguiendo el orden de las puntuaciones obtenidas según los criterios indicados anteriormente.

Séptimo

Resolución y recursos

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de dicha resolución o, alternativamente, ser impugnada directamente mediante recurso contencioso-administrativo, ante el mismo orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Móstoles, a 13 de marzo de 2023.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier Ramos López.

(03/4.438/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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