Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 70

Fecha del Boletín 
23-03-2023

Sección 1.4.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230323-37

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA

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ACUERDO 13/2023, de 23 de febrero, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, Relativo a la Aprobación Inicial del Plan Especial de Infraestructuras (PEI-PFOT-195) de Las Plantas Solares Fotovoltaicas Abeto Solar, S. L. U., Grillete Solar, S. L. U., Goleta Solar, S. L. U. y Cerezo Solar, S. L. U., así como sus líneas soterradas de baja tensión de evacuación de la energía, las subestaciones eléctricas y las líneas eléctricas aéreas de alta tensión y soterradas, en los términos municipales de Loeches, Mejorada del Campo, Pozuelo del Rey, San Fernando de Henares, Torrejón de Ardoz, Torres de la Alameda, Valverde de Alcalá y Villalbilla, y del documento inicial estratégico promovido por Abeto Solar, S. L. U., Grillete Solar, S. L. U., Goleta Solar, S. L. U. y Cerezo Solar, S. L. U.

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 23 de febrero de 2023, a propuesta del Director General de Urbanismo de 17 de febrero de 2023, en virtud de lo establecido en el artículo 59 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, ha adoptado el siguiente

ACUERDO

Primero

Aprobar inicialmente el Plan Especial de Infraestructuras (PEI-PFOT-195) de las plantas solares fotovoltaicas Abeto Solar, S. L. U., Grillete Solar, S. L. U., Goleta Solar, S. L. U. y Cerezo Solar, S. L. U., así como sus líneas soterradas de baja tensión de evacuación de la energía, las subestaciones eléctricas y las líneas eléctricas aéreas de alta tensión y soterradas, en los términos municipales de Loeches, Mejorada del Campo, Pozuelo del Rey, San Fernando de Henares, Torrejón de Ardoz, Torres de la Alameda, Valverde de Alcalá y Villalbilla, y del documento inicial estratégico promovido por Abeto Solar, S. L. U., Grillete Solar, S. L. U., Goleta Solar, S. L. U. y Cerezo Solar, S. L. U.

Segundo

Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de cuarenta y cinco días, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en uno de los de los periódicos de mayor circulación y por medios telemáticos, para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas.

El documento podrá consultarse asimismo en el portal institucional en la ruta:

https://www.comunidad.madrid/transparencia/normativa-planificacion/exped...

Tercero

Notificar individualmente a todos los propietarios afectados la aprobación inicial y la apertura del trámite de información pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4.b).1.o de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. A tal efecto, consta en el expediente anexo que contiene estructura de la propiedad y relación de parcelas afectadas.

Cuarto

Solicitar informe, que debe ser emitido en el plazo de cuarenta y cinco días, a los órganos y entidades administrativas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4.b) en relación con el artículo 59.2.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio.

Los organismos a los que se debe solicitar informe son los siguientes:

— Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

• Confederación Hidrográfica del Tajo.

— Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

• Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual.

— Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

• Secretaría de Estado de Energía.

— Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

• Dirección General de Patrimonio Cultural.

— Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

• Dirección General de Promoción Económica e Industrial. Subdirección General de Minas y Seguridad Industrial.

— Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.

• Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Subdirección General de Producción Agroalimentaria, Área de Vías Pecuarias.

• Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales.

• Dirección General de Economía Circular. Área de Infraestructuras.

• Dirección General de Descarbonización y Transición Energética. Subdirección General de Energía.

• Canal de Isabel II, S. A., M. P.

— Consejería de Transporte e Infraestructuras.

• Dirección General de Carreteras.

Quinto

Dar traslado del expediente a los municipios afectados, que en el caso del presente Plan Especial son el de Loeches, Mejorada del Campo, Pozuelo del Rey, San Fernando de Henares, Torrejón de Ardoz, Torres de la Alameda, Valverde de Alcalá y Villalbilla, para su conocimiento y audiencia, conforme a lo establecido en el artículo 25.7 del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, otorgándose al efecto un plazo de alegaciones de cuarenta y cinco días contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación.

Sexto

Consultar, de conformidad con lo indicado en el escrito de fecha 12 de mayo de 2022 remitido por de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, de manera simultánea a la solicitud de informes sectoriales, a las siguientes Administraciones públicas afectadas y personas interesadas, las cuales deberán pronunciarse durante el plazo de cuarenta y cinco días hábiles, pudiendo consultar el documento en el portal institucional en la ruta:

https://www.comunidad.madrid/transparencia/normativa-planificacion/exped...

— Dirección General de Urbanismo. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.

— Área de Planificación y Gestión de Residuos de la Dirección General de Economía Circular. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.

— Área de Vías Pecuarias de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.

— Subdirección General de Política Agraria y Desarrollo Rural de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.

— Dirección General de Carreteras. Consejería de Transportes e Infraestructuras.

— Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.

— Área de Instalaciones Eléctricas. Subdirección General de Energía. Dirección General de Descarbonización y Transición Energética. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.

— Área de Minas e Instalaciones de Seguridad de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial. Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

— Área de Prevención de Incendios del Cuerpo de Bomberos de la Dirección General de Emergencias. Consejería de Presidencia, Justicia e Interior.

— Subdirección General de Protección Civil de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación. Consejería de Presidencia, Justicia e Interior.

— Subdirección General de Higiene, Seguridad Alimentaria y Ambiental, Dirección General de Salud Pública. Consejería de Sanidad.

— Canal de Isabel II.

— Ayuntamiento de Torres de la Alameda.

— Ayuntamiento de Valverde de Alcalá.

— Ayuntamiento de Pozuelo del Rey.

— Ayuntamiento de Loeches.

— Ayuntamiento de San Fernando de Henares.

— Ayuntamiento de Mejorada del Campo.

— Otros Ayuntamientos que puedan resultar afectados por las instalaciones, según las alternativas que finalmente se selecciones.

— Confederación Hidrográfica del Tajo. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

— Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

— Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid. Dirección General de Carreteras. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

— Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF). Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

— Dirección General de Aviación Civil. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

— Instituto Geológico y Minero de España. Ministerio de Ciencia e Innovación.

— Subdirección General de Patrimonio de la Dirección General de Infraestructuras. Ministerio de Defensa.

— Red Eléctrica de España.

— Iberdrola Distribución Eléctrica.

— UFD Distribución Electricidad, S. A.

— Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH).

— Enagás GTS, S. A. U.

— Madrileña Red de Gas, S. A.

— Nedgia, S. A.

— Ecologistas en Acción.

— Sociedad Española de Ornitología (SEO/Birdlife).

— WWF/ADENA.

— Greenpeace.

— Asociación de Jóvenes Agricultores (ASAJA).

— Unión de Pequeños Agricultores (UPA).

— Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (AGIM-COAG).

— Unión de Agricultores, Ganaderos y Silvicultores de la Comunidad de Madrid.

(UGAMA).

— M.a Carmen Carrero Rico.

— Yolanda Alonso-Majagranzas Carrero.

— Luis Arsenio Sánchez Holgado.

Séptimo

Suspender en el ámbito de actuación del Plan Especial la tramitación de instrumentos de ordenación, así como los procedimientos de ejecución o intervención urbanística que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio.

Madrid, a 27 de febrero de 2023.—El Secretario General Técnico, Tejerina Alfaro, José Ignacio.

(02/4.084/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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