Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
27-03-2023

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230327-13

Páginas: 8


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

13
ORDEN 757/2023, de 14 de marzo, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se modifica el Plan Estratégico de la Dirección General de Juventud para la concesión de subvenciones durante el ejercicio 2023.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los órganos competentes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

En cumplimiento de este mandato legal, con fecha 13 de enero de 2023 se aprobó el Plan Estratégico de la Dirección General de Juventud para la concesión de subvenciones durante el ejercicio 2023 mediante la Orden 69/2023, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social.

La presente modificación obedece a dos finalidades, convocar en 2023 subvenciones para organizar campos de voluntariado que se van a desarrollar en el verano de 2024, con cargo al presupuesto de 2024 e incluir un anexo, con la evaluación del anterior Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Juventud, para los ejercicios 2020, 2021 y 2022.

El programa “Campos de Voluntariado” de la Comunidad de Madrid es un programa que la dirección general competente en materia de Juventud viene desarrollando desde hace más de 30 años, en colaboración con otras organizaciones. Por ello, las características y requisitos de participación en estos campos vienen determinándose anualmente en colaboración con organizaciones internacionales, en el marco de las comisiones técnicas que se realizan entre el INJUVE y las Comunidades Autónomas. La oferta de este programa se publica normalmente en el primer trimestre del año. Para poder participar en ese programa es necesario que, desde la Comunidad de Madrid, conozcamos a finales de año 2023 qué campos de voluntariado van a participar en la convocatoria del año siguiente, de ahí la necesidad de convocar las ayudas de 2024 en 2023.

Por todo ello, y en su virtud, de acuerdo con las competencias que me atribuye el artículo 7 de la precitada Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Modificar parcialmente el Plan Estratégico de la Dirección General de Juventud para la concesión de subvenciones durante el ejercicio 2023. El último párrafo del apartado décimo Plan de acción, del punto A) Subdirección General de programas e instalaciones de juventud, queda redactado en los siguientes términos:

“Las primeras convocatorias de campos de voluntariado juvenil se realizaron con cargo al ejercicio presupuestario 2022. Las segundas convocatorias, para la realización de campos voluntariado en 2023, se llevaron a cabo ese mismo ejercicio, mediante las Órdenes 1696/2022 y 1697/2022 imputándose el crédito presupuestario al ejercicio 2023.

Esto se hizo con el fin de determinar los proyectos subvencionados antes de que finalizara el ejercicio, de acuerdo con los plazos determinados en el programa internacional de campos de voluntariado, en colaboración con organizaciones internacionales, en el marco de las comisiones técnicas que se realizan entre el INJUVE y las Comunidades Autónomas.

Por esta misma causa, durante el ejercicio 2023 se realizarán las convocatorias de las ayudas para el desarrollo de campos de voluntariado en 2024, con cargo al crédito presupuestario correspondiente al ejercicio 2024”.

Segundo

Modificar parcialmente el Plan Estratégico de la Dirección General de Juventud para la concesión de subvenciones durante el ejercicio 2023, incluyendo la evaluación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Juventud, para los ejercicios 2020, 2021 y 2022, que se incorpora como anexo.

Madrid, a 14 de marzo de 2023.

La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, MARÍA CONCEPCIÓN DANCAUSA TREVIÑO











(03/4.543/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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