Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
27-03-2023

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230327-51

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria pública de los “Premios Margarita Salas de Investigación 2023” del Ayuntamiento de Madrid aprobada por decreto de 7 de marzo de 2023, del delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo.

BDNS (Identif.): 680806

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Objeto.—Los “Premios Margarita Salas de Investigación 2023” buscan poner en valor, premiar y dar publicidad a las mejores tesis doctorales de investigación científica en ciencias básicas (Física, Química, Matemáticas o similares), en ciencias de la vida (Biología, Medicina, Agrotecnología, Farmacia o similares) y, en ciencias medioambientales (Sostenibilidad, Ecología, Medioambiente, Gestión de residuos o similares) defendidas en universidades con sede en la Comunidad de Madrid.

Segundo. Beneficiarios.—Podrán participar en los “Premios Margarita Salas de Investigación 2023” las personas de cualquier nacionalidad que lo soliciten y cumplan los requisitos establecidos en las bases.

Las tesis doctorales presentadas deben haber sido defendidas en alguna de las universidades de la Comunidad de Madrid y en el período de tiempo comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2022.

Quedan excluidas las tesis doctorales que hayan sido ganadoras en anteriores convocatorias de estos premios.

Tercero. Bases reguladoras.—Anexo al Decreto de 7 de marzo de 2023, del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo por el que se aprueba la convocatoria del Premio Margarita Salas de Investigación 2023. Las bases íntegras de la convocatoria pueden consultarse en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos de 30 de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es , la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003; y en virtud de lo establecido en el Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 168, de 17 de julio de 2019).

Cuarto. Cuantía.—El crédito total destinado a esta convocatoria se cifra en 99.000 euros.

Los premios en cada una de las categorías consistirán en:

a) Primer premio: 13.000 euros.

b) Segundo premio: 7.000 euros.

c) Tercer premio: 4.000 euros.

Además, se podrán conceder a juicio del jurado, hasta diez accésits como reconocimiento al valor de aquellas tesis que considere merecedoras de esta distinción, con una dotación económica de 2.700 euros cada uno.

Los criterios de valoración son los especificados en el apartado 12 de las bases de la convocatoria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de las solicitudes comenzará a las 00:00 horas del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y terminará a las 23:59 horas del 14 de mayo de 2023.

Sexto. Órganos competentes.—Los órganos competentes para la instrucción y para la resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán la persona titular de la Dirección General de Innovación y Emprendimiento y la persona titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, respectivamente.

Séptimo. Resolución.—El Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo publicará la resolución de los premios concedidos en el “BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”, sin perjuicio de su publicación en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid ( https://sede.madrid.es ) y en la página web www.madrid.es

Octavo. Abono de los premios.—Una vez presentada la documentación requerida en el apartado 14 de las bases de la convocatoria, el premio será abonado a los ganadores mediante transferencia bancaria.

Atendiendo al apartado 5.d) de la disposición adicional primera de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid, se procederá a practicar la retención fiscal que proceda, conforme a la normativa vigente, en el documento contable de reconocimiento de la obligación.

En caso de que algún premiado tuviera residencia fiscal en un país extranjero con el que exista convenio de doble imposición entre España y el país en cuestión, deberá además aportar un certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes de su país de residencia.

Madrid, a 7 de marzo de 2023.—El delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, Miguel Ángel Redondo Rodríguez.

(03/4.751/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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