Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
27-03-2023

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230327-69

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ROBLEDO DE CHAVELA

RÉGIMEN ECONÓMICO

69
Robledo de Chavela. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de convocatoria de subvenciones para mayores del municipio.

BDNS 681228

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Bases de Datos Nacional de Subvenciones Código BDNS 681228 ( http://www.papa.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento:

Primero. Objeto y finalidad de la subvención.—El objeto de la presente convocatoria es la de regular el procedimiento jurídico para la concesión de subvenciones/ayudas temporales en materia de servicios sociales, a las personas empadronadas y residentes en Robledo de Chavela, para la utilización del Servicio de Podología en el Centro Municipal de Mayores. La prestación de la ayuda económica para el servicio de podología se dirige a un sector específico de la población, a aquellos vecinos y vecinas que por su edad necesiten del uso de dichos servicios y su nivel de ingresos económicos se ajuste al baremo establecido. El Ayuntamiento de Robledo de Chavela otorgará las ayudas para el uso de los servicios de podología.

Segundo. Beneficiarios.—Estar empadronados en Robledo de Chavela con un mínimo de un año de antigüedad, a considerar desde el momento de la solicitud. Ser jubilado o pensionista mayor de 60 años en el momento de presentar la solicitud. Carecer de medidos económicos propios suficientes, no superando los ingresos de la unidad familiar por todos los conceptos, el doble del salario mínimo interprofesional vigente en el momento de la solicitud.

Tercero. Bases reguladoras.—La presente convocatoria se regula por ordenanza general reguladora de subvenciones, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 21, de fecha 25 de enero de 2023.

Cuarto. Cuantía y crédito presupuestario.—Estas ayudas se concederán con cargo a la siguiente partida para el ejercicio 2023:

— Partida: 337 22799 Centro de Mayores. Otros trabajos realizados por otras empresas.

El importe máximo destinado a este proyecto será de:

— Ayuda podología mayores: crédito 3.500 euros.

Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes.—Del 13 de marzo al 28 de abril del año natural se establecerá el plazo de presentación de solicitudes para el año 2023.

Sexto. Régimen de concesión.—Concurrencia competitiva.

Robledo de Chavela, a 20 de marzo de 2023.—El alcalde-presidente, Fernando Casado Quijada.

(03/4.989/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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