Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
29-03-2023

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230329-16

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

16
ORDEN 797/2023, de 15 de marzo, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden 1580/2021, de 3 de junio, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se aprueba convocatoria pública por el procedimiento de selección objetiva de puestos de carrera (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de junio de 2021).

Mediante Orden 1580/2021, de 3 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de junio de 2021), de la Consejería de Educación y Juventud, se aprobó convocatoria pública para la provisión por el sistema de selección objetiva de los puestos de carrera de naturaleza laboral de “Jefe de Unidad del Servicio de Cocina de los Albergues Juveniles” (NPT:78085), “Jefe de Unidad de Mantenimiento de los Albergues Juveniles” (NPT: 78086) y “Responsable de la Limpieza de los Albergues Juveniles” (NPT: 20222). De conformidad con lo establecido en la base octava de la citada Orden, concluido el proceso de selección, la Comisión de Valoración elevará su propuesta para cada una de las plazas con el candidato que, cumpliendo los requisitos exigidos, haya obtenido la mayor puntuación en el proceso de valoración de méritos. La propuesta de la Comisión de Valoración tendrá carácter vinculante y se procederá a la adjudicación mediante Orden que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,

RESUELVO

Primero

Objeto

Adjudicar el puesto de “Jefe de Unidad del Servicio de Cocina de los Albergues Juveniles” (NPT:78085) a don Luis Miguel Caballero Martín, con DNI **3648**, el puesto de “Jefe de Unidad de Mantenimiento de los Albergues Juveniles” (NPT: 78086) a don Celestino Cuns Tomé, con DNI ***0640** y el puesto de “Responsable de la Limpieza de los Albergues Juveniles” (NPT: 20222) a doña María Auxiliadora Rodríguez Torres, con DNI ***7119**.

Segundo

Plazo de toma de posesión

1. La presente Orden tendrá efectos desde el día siguiente de su publicación, debiéndose producir la incorporación dentro de los tres días hábiles siguientes a la misma en su centro directivo de destino y, en su caso, el cese de los trabajadores adscritos con carácter provisional a los mismos. Igualmente deberá formalizarse en el contrato de trabajo de los seleccionados la oportuna diligencia del consentimiento respecto de las nuevas condiciones laborales. En cuanto al régimen de remoción del puesto, de dedicación y de retribuciones se estará a las prescripciones contenidas en el Convenio Colectivo.

2. Si el día de la publicación alguno de los adjudicatarios se encuentra disfrutando de permisos o licencias que, en su caso, les hayan sido concedidos o en situación de incapacidad temporal, el cómputo para la incorporación se iniciara el día siguiente al de la finalización de los permisos o licencias o al día siguiente a aquel en el que se produzca el alta médica.

Tercero

Recursos

Contra la presente Orden cabe la interposición de demanda, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada Ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 15 de marzo de 2023.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, P. D. (Orden 1558/2021, de 28 de septiembre), la Secretaria General Técnica, Lubima Jivkova Kosseva.

(03/4.722/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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