Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
29-03-2023

Sección 1.4.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230329-35

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 10 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación Provincial de Autoescuelas de Madrid-APAMAD (número de depósito 28000033).

Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por D. Emilio Fernández García, en representación de la asociación empresarial denominada Asociación Provincial de Autoescuelas de Madrid-APAMAD y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Que la citada asociación presentó escrito, con registro de entrada 28/2023/000064 en esta Oficina de Depósito de Estatutos de 20 de febrero de 2023, por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos. Al observarse defectos en la documentación aportada se requirió con fecha 24 de febrero de 2023 para la subsanación de las deficiencias, aportándose la subsanación con fecha 8 de marzo de 2023. Se adjuntan certificaciones de los acuerdos de modificaciones estatutarias adoptados en la Junta General Extraordinaria de 20 de mayo de 2022 y posterior ratificación por la Asamblea General celebrada el 23 de junio de 2022. Así mismo se aporta el texto íntegro de los nuevos estatutos modificados. En particular, se han modificado la totalidad de la estructura, numeración de los artículos y parte de su redacción, incorporando el acrónimo APAMAD en los estatutos.

Segundo

Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales que la desarrolla.

A los anteriores Antecedentes, son de aplicación los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977 de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical, Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril y Real Decreto 932/95, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.

Segundo

Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que la modificación de los estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 7.2 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.3 de la citada disposición reglamentaria.

Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo

ACUERDA

El depósito de la modificación del texto de la asociación empresarial Asociación Provincial de Autoescuelas de Madrid-APAMAD; así como la inserción de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y obtener copia del mismo, siendo posible impugnarlo ante el Juzgado de lo Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 36/2011, Reguladora de la Jurisdicción Social, de 10 de octubre (“Boletín Oficial del Estado” de 11 de octubre de 2011).

Madrid, a 10 de marzo de 2023.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.

(03/4.586/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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