Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
29-03-2023

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230329-72

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID

OFERTAS DE EMPLEO

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Humanes de Madrid. Ofertas de empleo. Bases proceso selectivo

El Sr. alcalde-presidente, mediante resolución número 1018 del Libros de Decretos y Resoluciones de 2023 del Ayuntamiento de Humanes de Madrid, ha aprobado las siguientes bases:

“BASES PARA LA PROVISIÓN DE UN PUESTO DE JEFE DE POLICÍA SUBINSPECTOR, MEDIANTE EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN, PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID

Primera. Objeto de la Convocatoria

Es objeto de la presente Convocatoria la provisión del puesto de Jefe de Policía Subinspector de este Ayuntamiento mediante el sistema de libre designación, conforme a los principios de mérito y capacidad, y lo establecido en el artículo 35 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de Madrid y en los artículos 16 a 18 del Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto 210/2021, de 15 de septiembre, del Consejo de Gobierno.

Las características de dicho puesto serán:

Segunda. Funciones

Bajo las directrices de sus superiores, corresponderá al titular de la jefatura inmediata del Cuerpo de policía local, la dirección, coordinación y supervisión de las operaciones del mismo, así como la administración que asegure su eficacia, mediante el desempeño de las siguientes funciones:

a) Exigir a todos sus subordinados el cumplimiento de sus deberes.

b) Proponer o designar, según proceda, atendiendo a la propia organización municipal, al personal que ha de integrar cada una de las unidades y servicios.

c) Dirigir y coordinar la actuación y funcionamiento de todos los servicios del Cuerpo inspeccionando, cuantas veces considere necesario, las unidades y dependencias del mismo.

d) Elaborar la memoria anual del Cuerpo.

e) Elevar al titular de la alcaldía las propuestas e informes que estime oportuno o le sean requeridos sobre el funcionamiento y organización de los servicios.

f) Proponer al titular de la alcaldía la iniciación de procedimientos disciplinarios y la concesión de distinciones a los miembros del Cuerpo.

g) Proponer al titular de la alcaldía las medidas dirigidas a la formación profesional permanente del personal del Cuerpo.

h) Formar parte de la Junta Local de Seguridad en los ayuntamientos en los que se encuentre constituida, cuando así haya sido propuesto por el titular de la alcaldía.

i) Acompañar a los miembros de la corporación local en los actos públicos en que la misma se encuentre representada, cuando fuese requerido para ello.

j) Mantener el necesario grado de comunicación con la jefatura de otras fuerzas y cuerpos de seguridad, así como con la Jefatura Provincial de Tráfico y los órganos de protección civil, en orden a una eficaz colaboración en materia de seguridad y protección ciudadana.

k) Cuantas otras se establecen en el presente reglamento y las que se recojan, de acuerdo con este, en los respectivos reglamentos municipales.

Tercera. Requisitos

De conformidad con el artículo 35 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de Madrid, los aspirantes deben ser:

1) Funcionarios del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Humanes de Madrid de mayor categoría en este Ayuntamiento, (Subinspector/a).

2) Una antigüedad en el cuerpo de policía local de al menos quince años.

3) Una experiencia previa ejerciendo las funciones de Jefe de Policía Local de al menos cinco años.

4) Se valorará la realización de cursos de especialización en materias relacionadas con el ejercicio de funciones propias de la Policía Local y específicamente de jefatura policial, así como la consecución de honores y distinciones en el cursus honorum personal de los aspirantes como acción premial en el citado cuerpo.

Todos estos requisitos y méritos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes siendo computados al citado plazo, debiendo acreditarse mediante las certificaciones correspondientes.

Una vez examinadas las solicitudes y acreditados los requisitos y méritos exigidos en la convocatoria, se realizará una entrevista personal, en llamamiento único a los candidatos, siendo excluidos del proceso quienes no comparezcan. Igualmente, se podrán recabar las aclaraciones o, en su caso, aportación de documentación que se considere necesaria, todo ello con objeto de poder realizar la mejor elección.

Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias

Las solicitudes para tomar parte en la provisión del puesto de Jefe de Policía Local, se presentarán mediante instancia general, en las que las personas aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases, se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, junto con las certificaciones (originales o copia compulsada) acreditativas de los requisitos y demás méritos.

No existirán derechos de examen.

Quinta. Admisión de aspirantes

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de diez días hábiles, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://ayto-humanesdemadrid.es/ y en el tablón de anuncios municipal, se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación. En dicho acto, se fijará la fecha y lugar de realización de la entrevista.

Transcurrido el plazo de subsanación, la Alcaldía aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://ayto-humanesdemadrid.es/ y en el tablón de anuncios municipal.

La citada lista provisional de admitidos quedará automáticamente elevada a definitiva, si en el citado anterior plazo no se presentaran reclamaciones.

Sexta. Nombramiento, toma de posesión y cese

El órgano competente para proceder al nombramiento será la Alcaldía, y lo llevará a cabo de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

El nombramiento recaerá en la persona candidata que, reuniendo los requisitos exigidos en las presentes bases y convocatoria, sea elegida discrecionalmente para ocupar el puesto requerido, pudiendo quedar desierta la convocatoria si ningún aspirante es elegido.

La persona nombrada podrá ser cesada y removida de sus funciones con carácter discrecional por el órgano que la nombró de acuerdo con la normativa de aplicación.

Séptima. Normativa aplicable

Esta convocatoria se regirá por las presentes bases y, en su defecto supletoriamente, será de aplicación la Ley 1/2018, de 22 de febrero de Coordinación de Policías Locales de Madrid, el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto 210/2021, de 15 de septiembre, del Consejo de Gobierno; el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; y restantes normas que resulten de aplicación.

Octava. Recursos

Contra la presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma podrá interponerse por las personas interesadas, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID; o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación; todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que se hace público a los efectos oportunos, en Humanes de Madrid, a fecha de firma electrónica.

Humanes de Madrid, a 15 de marzo de 2023.—El alcalde, José Antonio Sánchez Rodríguez.

(03/4.695/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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