Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
29-03-2023

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230329-82

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PEZUELA DE LAS TORRES

RÉGIMEN ECONÓMICO

82
Pezuela de las Torres. Régimen económico. Padrones fiscales

Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Pezuela de las Torres por la que se aprueban los padrones y listas cobratorias de los tributos locales tasa de basura, tasa de vados, impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM), IBI urbana e IBI rústica.

Aprobados por decretos de esta Alcaldía los prepadrones de los tributos locales que se relacionan a continuación, se exponen al público por plazo de quince días para presentación de las alegaciones o reclamaciones que se tengan por convenientes:

Según artículo 62.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, se procederá al cobro en período voluntario de los citados tributos, en cualquier oficina de la entidad bancaria colaboradora, así como en el Ayuntamiento de Pezuela de las Torres todos los jueves en horario de 9:00 a 13:00 horas.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

Pezuela de las Torres, a 16 de marzo de 2023.—El alcalde, José Pío Carmena Servert.

(01/4.670/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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