Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76

Fecha del Boletín 
30-03-2023

Sección 1.3.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230330-27

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

27
RESOLUCIÓN de 22 de marzo de 2023, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se determinan los plazos de acceso, admisión y matrícula de alumnos de nuevo ingreso para el curso 2023-2024 en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad de Madrid.

El Decreto 106/2018, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se ordenan las enseñanzas de idiomas de régimen especial y se establecen los currículos de los niveles básico, intermedio y avanzado en la Comunidad de Madrid, dispone que corresponde a la consejería con competencias en Educación regular el procedimiento de admisión y matrícula de alumnos de nuevo ingreso en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad de Madrid.

Por otro lado, la Orden 1587/2022, de 8 de junio, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, que regula el procedimiento de admisión y matrícula del alumnado oficial y libre en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 4 que la dirección general competente en materia de enseñanzas de idiomas convocará anualmente mediante resolución, el procedimiento de admisión y matrícula para alumnos oficiales.

Con el fin de hacer públicos los plazos de admisión y matrícula de alumnos de nuevo ingreso para el curso 2023-2024 en las enseñanzas de idiomas de régimen especial, así como los procedimientos de inscripción para la realización de la prueba de clasificación, y en virtud de las competencias atribuidas a esta Dirección General por el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en relación con el Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades

RESUELVE

Primero

Objeto

Es objeto de esta resolución convocar el procedimiento de admisión y matrícula para alumnos oficiales en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad de Madrid.

Segundo

Inscripción en la prueba de clasificación

1. Los solicitantes que deseen realizar la prueba de clasificación deberán inscribirse del 3 de mayo al 2 de junio de 2023, ambas fechas incluidas, a través de la secretaría virtual del sistema de gestión educativa Raíces de la Comunidad de Madrid https://raices.madrid.org/secretariavirtual/ o en la escuela oficial de idiomas en la que desean realizar la prueba.

2. Alternativamente, las personas físicas podrán presentar las solicitudes y la documentación que proceda en el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid, a través del acceso habilitado para ello en el portal de Internet de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid), en la dirección electrónica: sede.comunidad.madrid . Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.

3. El modelo para la presentación de solicitudes se recoge en el anexo que estará a disposición de los interesados en la dirección electrónica: sede.comunidad.madrid

4. Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere valido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma. La documentación requerida en el procedimiento puede anexarse a la solicitud, pero los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. La Administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello, en cuyo caso el interesado estará obligado, con carácter general, a aportar copia de los documentos correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección.

5. No obstante lo anterior, para la consulta de los datos tributarios del Estado será necesaria la autorización expresa del interesado de conformidad con el artículo 95.1.k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

6. Podrán aportarse documentos durante la tramitación del expediente, a través del portal de internet de la Comunidad de Madrid en la dirección electrónica sede.comunidad.madrid

7. Las escuelas oficiales de idiomas convocarán a los solicitantes para la realización de la prueba de clasificación entre el 8 de mayo y el 5 de junio de 2023, ambas fechas incluidas.

8. Los solicitantes podrán consultar los resultados de su prueba de clasificación en la secretaría virtual del sistema de gestión educativa Raíces y en la escuela oficial de idiomas en la que han realizado la prueba.

Tercero

Presentación de solicitudes de admisión para el alumnado oficial

1. El plazo para la presentación de solicitudes de admisión en las escuelas oficiales de idiomas para el curso 2023-2024 será del 7 al 23 de junio de 2023, ambas fechas incluidas. La presentación de solicitudes de admisión, cuyo modelo se recoge en el anexo que estará a disposición de los interesados en la dirección electrónica: sede.comunidad.madrid , se realizará conforme a lo establecido en el artículo 11.3 de la Orden 1587/2022, de 8 de junio, y se dirigirán a la escuela oficial de idiomas elegida como primera opción.

2. La lista provisional de solicitantes se publicará el 28 de junio de 2023 en las escuelas oficiales de idiomas. De igual manera, los solicitantes podrán consultar su situación a través de la secretaría virtual del sistema de gestión educativa Raíces de la Comunidad de Madrid. Una vez publicada dicha lista, se abrirá un período de reclamación durante los días 29, 30 de junio y 3 de julio de 2023. Las reclamaciones se dirigirán al director de la escuela oficial de idiomas elegida como primera opción.

3. La lista definitiva de admitidos y su asignación a una escuela oficial de idiomas, junto con las vacantes que se ofertan, se publicará el 7 de julio de 2023 en las escuelas oficiales de idiomas. Asimismo, los solicitantes podrán consultar su situación a través de la secretaría virtual del sistema de gestión educativa Raíces de la Comunidad de Madrid.

Cuarto

Formalización de matrícula

1. La formalización de matrícula para los solicitantes admitidos se realizará del 10 al 21 de julio de 2023, ambas fechas incluidas.

2. De acuerdo con el artículo 14.2 de la Orden 1587/2022, de 8 de junio, la matrícula quedará formalizada cuando el solicitante o persona autorizada haya presentado el justificante de abono de precios públicos, así como la documentación requerida en la escuela oficial de idiomas en la que ha sido admitido.

3. Una vez concluido el plazo de formalización de matrícula, el sistema de gestión educativa Raíces adjudicará entre los solicitantes que resultaron no admitidos las vacantes no cubiertas. La lista de nuevos solicitantes admitidos, así como la escuela oficial de idiomas asignada, se publicará el 24 de julio de 2023. Estos solicitantes deberán formalizar su matrícula del 25 al 27 de julio de 2023, ambas fechas incluidas.

Quinto

Efectos

Esta resolución producirá efectos desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 22 de marzo de 2023.—El Director General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, José María Rodríguez Jiménez.

(03/4.929/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230330-27