Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
01-04-2023

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230401-5

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

5
Madrid número 1. Procedimiento 546/2022

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n.o 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 546/2022 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. DARWIN VINICIO OLEAS LEMA frente a ENERGY RED 2021 SL y INSYTE INSTALACIONES SA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Estimando la demanda de despido interpuesta por D. DARWIN VINICIO OLEAS LEMA contra ENERGY RED 2021 SL, debo declarar y declaro improcedente el despido del demandante efectuado por la empresa demandada el día 3-5-2022, con efectos de ese día, condenando a la empresa a la inmediata readmisión del trabajador con abono de los salarios de tramitación en la cantidad de 33.401,40 euros, hasta la notificación de la presente sentencia o hasta que se hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación, salvo que en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente, mediante escrito o comparecencia ante la oficina de este juzgado, opte por abonarle la indemnización de 295,34 euros, con la advertencia de que, en el supuesto de no optar el empresario por la readmisión o la indemnización, se entiende que procede la primera.

Se estima parcialmente la reclamación de cantidad y la empresa demandada ENERGY RED 2021 SL, debe abonar al demandante la cantidad de 5.222,07 euros por los conceptos indicados en el hecho probado tercero de esta resolución, más el 10% de interés por mora conforme al artículo 29.3 del ET.

Se tiene por desistida de la demanda frente a la empresa INSYTE INSTALACIONES SA.

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con n.o 2499-0000-61-0546-22 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ENERGY RED 2021 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y el tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diez de marzo de dos mil veintitrés.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/4.328/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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