Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
04-04-2023

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230404-39

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ORDEN de 21 de marzo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para la concesión directa en el ejercicio 2023 de una subvención a Avalmadrid, S. G. R., por importe de 1.000.000 de euros para el Fondo de Provisiones Técnicas.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8.1 que los órganos de las Administraciones Públicas que propongan el establecimiento de subvenciones deberán, con carácter previo, concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Por su parte, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en su artículo 4 bis, recoge esta misma obligación en idénticos términos.

Dando cumplimiento a estos preceptos, con fecha 4 de abril de 2018, se aprobó mediante Orden 3311/2018, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, el Plan Estratégico de Ayudas y Subvenciones correspond28032023/003729032023/0006iente a los años 2018, 2019 y 2020 de la Dirección General de Economía, Estadística y Competitividad, que incluía, entre otras ayudas, subvenciones directas a Avalmadrid, S. G. R.

Una vez finalizado el plazo de vigencia del citado Plan Estratégico plurianual, es necesario aprobar uno nuevo que dé cobertura a la concesión directa de una subvención en el presente ejercicio económico a Avalmadrid, S. G. R., por parte de la Comunidad de Madrid.

Cabe mencionar que, mediante Orden de 14 de febrero de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones para la concesión en el ejercicio 2022 de una subvención nominativa a Avalmadrid, S. G. R., por importe de 1.000.000 de euros para el Fondo de Provisiones Técnicas, si bien finalmente no se concedió ayuda alguna en ese ejercicio.

Por cuanto antecede y de acuerdo con el artículo 41.l) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,

RESUELVO

Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones para la concesión directa en el ejercicio 2023 de una subvención a Avalmadrid, S. G. R., por importe de 1.000.000 de euros, para el Fondo de Provisiones Técnicas.

Madrid, a 21 de marzo de 2023.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de diciembre), el Viceconsejero de Economía, Manuel Llamas Fraga.

ANEXO

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES PARA LA CONCESIÓN DIRECTA EN EL EJERCICIO 2023 DE UNA SUBVENCIÓN A AVALMADRID, S.G.R. POR IMPORTE DE UN MILLÓN DE EUROS PARA EL FONDO DE PROVISIONES TÉCNICAS

1. Ámbito normativo competencial

El presente Plan Estratégico de Subvenciones tiene como referencia las siguientes normas:

— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

— Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

— Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

— Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

2. Objetivos

La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, por la que se aprueba su Estatuto de Autonomía, tiene atribuidas competencias exclusivas, entre otras materias, en el fomento del desarrollo económico dentro de los objetivos de la política económica nacional, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria del Estado, en materia de ordenación y planificación de la actividad económica regional.

La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, a través de su Dirección General de Promoción Económica e Industrial, en virtud del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, tiene atribuidas competencias para llevar a cabo el diseño, desarrollo y control de actuaciones dirigidas a mejorar y promover el acceso a la financiación por parte de las empresas madrileñas.

Las pymes constituyen un factor clave de estabilidad y desarrollo económico. Su importante papel en materia de creación de riqueza y generación de empleo, su flexibilidad de adaptación a los cambios derivados de los ciclos económicos y su gran sensibilidad a los procesos de relanzamiento de la inversión, contrastan con las desventajas comparativas inherentes a su pequeña dimensión.

Uno de los problemas más graves a los que se enfrentan las pymes es la dificultad para acceder a una financiación adecuada a sus posibilidades, viéndose así limitada su capacidad de expansión y crecimiento. Esta limitación se manifiesta por la insuficiencia de garantías ante las entidades de crédito, una dificultad para acceder directamente al mercado de capitales, un mayor distanciamiento de los centros de decisión financiera y una acusada carencia de información y asesoramiento en esta materia.

En el ámbito de la Comunidad de Madrid, y como instrumento de promoción empresarial, se estableció la sociedad Avalmadrid, S. G. R., constituida en 1981, al amparo del Real Decreto 1885/1978, de 26 de julio, inscrita en el Registro Especial del Banco de España el 24 de marzo de 1982 y adaptada a la Ley 1/1994, de 11 de marzo.

La actuación de Avalmadrid, S. G. R., se basa en conseguir, mediante los convenios de colaboración que suscribe con los establecimientos de crédito, financiación preferente, tanto en coste como en plazo, a las pymes, trabajadores autónomos y emprendedores cuya actividad económica se desarrolle en la Comunidad de Madrid, además de otorgar avales y fianzas frente a terceros y a las Administraciones Públicas en condiciones más ventajosas que las que ofrece la banca tradicional.

Su dilatada trayectoria y su posición consolidada como una de las principales sociedades de garantía recíproca de España la convierten en un instrumento eficaz para la realización de tareas de las que se deriven acciones que repercutan de forma favorable en el tejido empresarial de la Comunidad de Madrid.

Para alcanzar los fines de interés público perseguidos en materia de desarrollo económico empresarial y al objeto de facilitar el acceso al crédito de la empresa madrileña se procederá a dotar el Fondo de Provisiones Técnicas de Avalmadrid, S. G. R.

3. Costes presupuestarios previstos y fuentes de financiación

El importe de esta subvención directa asciende a 1.000.000 de euros, que se financiará con cargo al subconcepto 77310 “Avalmadrid, S.G.R.: Fondo de Provisiones Técnicas” del programa 463A “Competitividad” de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid aprobados por la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, prorrogados mediante Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023.

4. Plazo de ejecución

La subvención se abona con carácter anual. Se realiza mediante un anticipo a cuenta de la totalidad de la subvención sin necesidad de presentación previa de aval.

5. Efectos

Con la presente subvención, que servirá para dotar el Fondo de Provisiones Técnicas de Avalmadrid, S. G. R., se persigue mejorar y promover la adecuada financiación de los trabajadores autónomos y las pequeñas y medianas empresas madrileñas con el fin de aumentar su competitividad y mejorar su posición en los mercados.

Asimismo, se pretende contribuir a facilitar la obtención de los recursos financieros necesarios para la creación, consolidación y crecimiento del tejido empresarial regional.

6. Indicadores del grado de cumplimiento de objetivos y resultados

Se establecen como indicadores del cumplimiento de los objetivos de esta subvención los siguientes:

— Número de avales asociados a esta aportación al Fondo de Provisiones Técnicas.

— Número de municipios en relación con el dato anterior.

(03/5.078/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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