Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
05-04-2023

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230405-22

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

22
ORDEN 363/2023, de 22 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se resuelve con carácter definitivo la convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a titulares de Salas de exhibición cinematográfica con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) Next Generation EU”.

Las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de ayudas a titulares de Salas de exhibición cinematográfica con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) Next Generation UE” y la convocatoria del año 2022, han sido establecidas por la Orden 1131/2022, de 13 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de julio de 2022).

Tal y como establece la convocatoria, el importe máximo que se destinará a estas ayudas es de 1.975.711 euros, que se financiará con cargo al programa presupuestario 334 A, correspondiente a la Dirección General de Promoción Cultural con cargo a la partida 77309.

De conformidad con el artículo 1.o de la citada Orden 1131/2022, de 13 de julio, las presentes ayudas tienen como finalidad sufragar inversiones en proyectos de innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación a los nuevos hábitos de consumo audiovisual.

Recibidas las solicitudes, la Dirección General de Promoción Cultural, como órgano instructor de las mismas, a través de la Subdirección General de Gestión y Promoción Cultural, ha procedido al estudio y análisis de las solicitudes recibidas, con el fin de comprobar su adecuación en tiempo, forma, objeto y requisitos a los establecidos en las bases reguladoras y la convocatoria.

En consonancia con lo anteriormente expuesto, el citado órgano ha elevado propuesta de resolución, de conformidad con los criterios de valoración establecidos en la citada Orden.

Por ello, y de conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Adjudicar una subvención a favor de los solicitantes, para los espacios y por las cuantías que se indican a continuación, de conformidad con la Orden 1131/2022, de 13 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a titulares de Salas de exhibición cinematográfica y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2022, en el marco del “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) Next Generation EU”:



Segundo

Desestimar las solicitudes de los solicitantes que se indican a continuación por no cumplir los requisitos establecidos en la Orden 1131/2022, de 13 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a titulares de Salas de exhibición cinematográfica y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2022, en el marco del “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) Next Generation EU”.

— Alcala Norte Multiplex, S. L.

— Difusora Cultural Cinematográfica, S. A.

Tercero

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de justicia de Madrid, ambos plazos contados desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de marzo de 2023.—La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, Marta Rivera de la Cruz.

(03/5.205/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230405-22