Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
05-04-2023

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230405-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR DE OREJA

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
Colmenar de Oreja. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de marzo de 2023, acordó la aprobación inicial de los expedientes de modificaciones presupuestarias:

— Número 7/2023.—Expediente 324-2023, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con remanente de tesorería afectado, obtenido de la liquidación de 2022, por importe de 92.466,13 euros.

— Número 13/2023.—Expediente 947-2023, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con remanente de tesorería para gastos generales positivo, obtenido de la liquidación de 2022, por importe de 300.000 euros.

— Número 14/2023.—Expediente 954-2023, en la modalidad de suplemento de crédito y/o crédito extraordinario financiado con remanente de tesorería para gastos generales positivo, obtenido de la liquidación de 2022, por importe de 88.104,34 euros.

— Número 15/2023.—Expediente 964-2023, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con remanente de tesorería para gastos generales positivo de la liquidación de 2022, por importe de 450.503,54 euros.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias de la Secretaría municipal para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://www.colmenardeoreja.com ) y en el tablón de edictos.

El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el período de exposición al público no se hubiese presentado reclamación alguna.

Colmenar de Oreja, a 31 de marzo de 2023.—El alcalde-presidente, David Moya Aguilar.

(03/5.746/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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