Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
10-04-2023

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230410-64

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX

OFERTAS DE EMPLEO

64
San Agustín del Guadalix. Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos

Mediante decreto número 2022/1536, de 13 de diciembre de 2022, fueron aprobadas las bases generales y específicas para la estabilización de plazas de acuerdo a la oferta de empleo pública extraordinaria para la estabilización del empleo temporal, y mediante decreto número 2023/377, de 16 de marzo de 2023, se ha aprobado la corrección de errores de las bases generales y específicas para la estabilización de plazas de acuerdo a la oferta de empleo pública extraordinaria para la estabilización del empleo temporal, que son los siguientes:

Primero.—Rectificar el error material advertido en las bases específicas que han de regir la selección, por el sistema de concurso de méritos, de una plaza de técnico/a de Medio Ambiente, de naturaleza funcionarial, incluida en la OEPE del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 125, de fecha 27 de mayo de 2022, en el marco de un proceso de estabilización de empleo temporal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en concreto, en la base 2.1, en el siguiente sentido:

Donde dice:

“Titulación. Tener Grado o Licenciatura en Biología o Ciencias Ambientales”.

Debe decir:

“Titulación. Tener Grado o Licenciatura en Biología o Ciencias Ambientales o en Grados o Licenciaturas similares o equivalentes”.

Segundo.—Rectificar el error material advertido en las bases generales reguladoras de los procesos selectivos de personal funcionario de carrera, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 125, de fecha 27 de mayo de 2022, en el marco de un proceso de estabilización de empleo temporal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, en concreto, en la base 8.5, en el siguiente sentido:

Donde dice:

“Cursos de formación y perfeccionamiento:

Se valorarán, exclusivamente, la realización de los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos, homologados o autorizados por el Ayuntamiento de San Agustín de Guadalix, el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), Institutos autonómicos de Administración Pública, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), Federaciones autonómicas de Municipios y Provincias, las Administraciones Públicas en general, las Universidades, Federaciones Deportivas, las Organizaciones Sindicales en el Marco del Acuerdo de Formación Continua, los Colegios Profesionales, así como los centros o entidades acogidos al Plan de Formación continua de las Administraciones Públicas, y entidades privadas (solamente si así lo establecen las correspondientes bases específicas). En todo caso, las acciones formativas deberán estar directamente relacionados con las funciones de la plaza convocada o con la adquisición de competencias, habilidades y actitudes transversales”.

Debe decir:

“Cursos de formación y perfeccionamiento:

Se valorarán, exclusivamente, la realización de los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos, homologados o autorizados por el Ayuntamiento de San Agustín de Guadalix, el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), Institutos autonómicos de Administración Pública, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), Federaciones autonómicas de Municipios y Provincias, las Administraciones Públicas en general, las Universidades, Federaciones Deportivas, las Organizaciones Sindicales en el Marco del Acuerdo de Formación Continua, los Colegios Profesionales, así como los centros o entidades acogidos al Plan de Formación continua de las Administraciones Públicas, y entidades privadas solamente si así ha sido autorizado por el superior jerárquico. En todo caso, las acciones formativas deberán estar directamente relacionados con las funciones de la plaza convocada o con la adquisición de competencias, habilidades y actitudes transversales”.

Tercero.—Rectificar el error material advertido en las siete Bases específicas que han de regir la selección, por el sistema de concurso de méritos, de una plaza de técnico/a de Medio Ambiente, de una plaza de agente de Desarrollo Local, de una plaza de arquitecto técnico, de una plaza de bibliotecario-archivero, de una plaza de conserje, de seis plazas de peones y de ocho plazas de auxiliares administrativos de naturaleza funcionarial, incluidas en la OEPE del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 125, de fecha 27 de mayo de 2022, en el marco de un proceso de estabilización de empleo temporal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, en concreto, en la base 3.1, en el siguiente sentido:

Donde dice:

“Cursos de formación y perfeccionamiento, debidamente acreditados, relacionados con las tareas propias de la plaza o con materias transversales, impartidos por entidades públicas en los términos señalados en las bases generales apartado 8.5:”.

Debe decir:

“Cursos de formación y perfeccionamiento, debidamente acreditados, relacionados con las tareas propias de la plaza o con materias transversales, impartidos por entidades públicas y privadas en los términos señalados en las bases generales apartado 8.5:”.

En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 70-2.o del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la oferta de empleo público extraordinaria (OEPE), para la estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

San Agustín del Guadalix, a 17 de marzo de 2023.—El alcalde, Roberto Ronda Villegas.

(02/4.914/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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