Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
11-04-2023

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230411-38

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ORDEN de 28 de marzo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Orden por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible, tramitado de forma anticipada, destinado a financiar la concesión directa de subvenciones, en el año 2023, de la Línea 5: Incentivos para el fomento de la contratación de personas con discapacidad y otros colectivos especialmente vulnerables, del programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid, en colaboración con los agentes sociales, ha aprobado, con fecha 22 de septiembre de 2021, en el marco del Consejo para el Diálogo Social, la Estrategia de Madrid por el Empleo 2021-2023, que incluye dentro de sus líneas de actuación, una medida de incentivos para la contratación indefinida dirigida, entre otros colectivos, a las personas con discapacidad y otros colectivos vulnerables, con el fin de promover su integración laboral.

En este marco de actuación, mediante Acuerdo de 28 de diciembre de 2022, del Consejo de Gobierno, se han aprobado las normas reguladoras y se ha establecido el procedimiento de concesión directa de subvenciones del programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, mediante Orden de 28 de diciembre de 2028 se declaró el importe del crédito presupuestario de la línea 5; incentivos para el fomento de la contratación de personas con discapacidad y otros colectivos especialmente vulnerables, del programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid, destinado a atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión, como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995.

No obstante, dado que las ayudas comprendidas en la mencionada Línea 5 del programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid, están sujetas a diferentes regímenes de Ayudas de Estado procede separar el crédito disponible, a efectos de la publicación diferenciada del gasto en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Corresponde a la Dirección General del Servicio Público de Empleo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, el fomento y promoción de la integración laboral de personas con discapacidad y de las que se encuentren en situación o con riesgo de exclusión social, en virtud del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

En su virtud, de acuerdo con las competencias atribuidas, y demás legislación vigente,

RESUELVO

Primero

Declarar que el crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa en el año 2023 de la Línea 5: incentivos para el fomento de la contratación de personas con discapacidad y otros colectivos especialmente vulnerables, del programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid, por importe de 3.000.000 de euros, se distribuirá de la siguiente manera:

a) Un importe máximo de 2.600.000 euros se destinará a financiar la concesión directa de subvenciones de la Línea 5 dirigidas a fomentar la contratación de personas con discapacidad.

b) Un importe máximo de 400.000 euros se destinará a financiar la concesión directa de subvenciones de la Línea 5 dirigidas a fomentar la contratación de otros colectivos especialmente vulnerables.

Segundo

Las referidas obligaciones se imputarán al subconcepto 47200 Actuaciones Cofinanciadas F.S.E. y otras, del Programa presupuestario 241-M Promoción y Fomento del Empleo, centro gestor 200150000, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2023.

Madrid, a 28 de marzo de 2023.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021, modificada por Orden de 19 de julio de 2022, publicada en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 181, de 1 de agosto de 2022), el Viceconsejero de Empleo, Alfredo Timermans del Olmo.

(03/5.494/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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