Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 86

Fecha del Boletín 
12-04-2023

Sección 1.2.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230412-4

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

4
ORDEN 1062/2023, de 29 de marzo, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se convoca el puesto de Secretario/a del Centro Territorial de Innovación y Formación Madrid Capital (CTIF Madrid-Capital), para su provisión por el sistema de Libre Designación.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en sus artículos 102 y 103, establece la formación permanente del profesorado como un derecho y un deber de los profesores y de todos los profesionales de la educación, así como una responsabilidad de las Administraciones educativas y de los propios centros.

El Decreto 60/2022, de 13 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa (ISMIE) y se establece el régimen jurídico y la estructura de la red de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid, prevé, entre otros, la existencia del puesto de Secretario del Centro Territorial de Innovación y Formación que será nombrado mediante convocatoria pública para provisión de puestos de Libre Designación.

En virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, en relación con el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 60/2022, de 13 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa y se establece el régimen jurídico y la estructura de la red de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid, se ha dispuesto publicar la presente convocatoria por el sistema de Libre Designación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de Función Pública de la Comunidad de Madrid, por lo que

DISPONGO

Primero

Objeto

Se aprueba convocatoria pública para la provisión del puesto de Secretario/a del Centro Territorial de Innovación y Formación Madrid Capital (CTIF Madrid-Capital), mediante el sistema de Libre Designación.

Segundo

Normativa aplicable

La presente convocatoria se regirá, en todo lo referente a su organización y desarrollo, por las disposiciones siguientes:

— Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

— Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

— Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

— Orden 923/1989, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir las convocatorias para la provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación.

— Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo.

— Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

— Decreto 60/2022, de 13 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa y se establece el régimen jurídico y la estructura de la red de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid.

— Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades.

— Las demás disposiciones de carácter general que sean de aplicación, especialmente la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como lo dispuesto en la presente convocatoria.

Tercero

Requisitos

Podrán optar a la plaza de Secretario/a del Centro Territorial de Innovación y Formación Madrid Capital (CTIF Madrid-Capital), aquellos funcionarios/as de carrera del Grupo A, en situación de servicio activo, pertenecientes a alguno de los cuerpos docentes no universitarios.

Cuarto

Solicitud y documentación

1. Las solicitudes se formularán de acuerdo con el modelo aprobado por la Orden 2066/1998, de 30 de julio, por la que se aprueban nuevos modelos de impresos relativos a los procesos de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto; corrección de errores de 10 de septiembre de 1998).

2. Las solicitudes deberán ir acompañadas de un historial académico y profesional, así como copia de la documentación acreditativa de los méritos que se consideren procedentes a efectos de apreciar la idoneidad del interesado/a para el puesto. En el historial académico-profesional se hará constar la siguiente información:

a) Títulos académicos.

b) Puestos de trabajo desempeñados tanto en la Administración como en la empresa privada, y especialmente los relacionados con el perfil al que se opte.

c) Estudios realizados y conocimiento de idiomas.

d) Otras actividades relacionadas con el perfil del puesto.

Quinto

Cumplimentación, presentación y plazo

1. Dado que todos los candidatos tienen la consideración de empleados públicos, de conformidad con lo establecido en el apartado e) del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, realizarán la cumplimentación y presentación de la solicitud a través de medios electrónicos.

2. La solicitud conforme al modelo genérico aprobado por la citada Orden 2066/1998 de 30 de julio, se cumplimentará mediante la aplicación informática en el portal de la Comunidad de Madrid, en:

https://www.sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/libre-designacion-secret...

También se podrá acceder con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal “personal + educación” (comunidad.madrid/servicios/personal-educacion), siguiendo la secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Procesos selectivos”, “Centros de Formación y libre designación”, “Puestos libre designación”.

3. Para presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, estar dado de alta en alguno de los sistemas de identificación y autenticación Cl@ve de la Administración General del Estado o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

4. La solicitud y documentación se dirigirá a la Viceconsejería de Organización Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades.

5. El plazo de presentación de las solicitudes y la documentación será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto

Procedimiento de selección

Se valorará el historial académico y profesional y la documentación acreditativa aportada, que demuestre que el candidato cumple el perfil solicitado en el Anexo I, así como la capacidad de liderar equipos, organizar, orientar y dar respuestas innovadoras a las necesidades formativas del profesorado.

Séptimo

Comisión de Selección

Para la selección de los candidatos se constituirá una Comisión de Selección integrada por los siguientes cargos de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades:

— Directora General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, o persona en quien delegue, que actuará como Presidenta.

— Director General de Recursos Humanos, o persona en quien delegue.

— Subdirector General de Programas de Innovación y Formación del Profesorado, o persona en quien delegue, que actuará como Secretario.

Los miembros de la Comisión estarán sujetos a las causas de abstención y recusación establecidas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La Comisión de Selección valorará los currículos y méritos alegados, proponiendo a la Dirección General de Recursos Humanos los candidatos seleccionados, así como su adscripción al correspondiente puesto, a los efectos oportunos.

Octavo

Producción de efectos

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Noveno

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, a 29 de marzo de 2023.

El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

ANEXO I

Denominación: Secretario/a.

Localización: Centro Territorial de Innovación y Formación Madrid Capital (CTIF Madrid-Capital).

Requisitos: Ser funcionario/a de carrera del Grupo A, en situación de servicio activo, perteneciente a alguno de los cuerpos docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid.

Méritos:

A) Competencias genéricas:

— Dominio de la competencia comunicativa, competencia de trabajo en equipo y dinámicas de grupo.

— Conocimiento de idiomas acreditado de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

— Dominio de herramientas relacionadas con tecnologías de la información y el desarrollo de la competencia digital.

— Titulaciones complementarias de grado, máster o equivalente, incluidas las de régimen especial, distintas de las alegadas para el ingreso al cuerpo.

— Título de doctor.

B) Competencias específicas:

— Capacidad de trabajo en equipo.

— Experiencia en la planificación, implementación, gestión y seguimiento de programas educativos.

— Conocimiento de la normativa sobre formación del profesorado, de la red de formación del profesorado y su funcionamiento.

— Capacidad de gestión económico-administrativa, patrimonial y de personal de administración y servicios de centros educativos.

(03/5.540/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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