Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 87

Fecha del Boletín 
13-04-2023

Sección 1.3.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230413-23

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA

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ORDEN 1099/2023, de 10 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se modifica la Orden 424/2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, que declaró disponible el crédito presupuestario para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las ayudas que se regulan en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, relativas a la anualidad 2023 del Bono Alquiler Joven.

Mediante el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero (“Boletín Oficial del Estado” número 16, de 19 de enero de 2022), se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025. El artículo 4 del citado Real Decreto, establece que corresponde a los órganos competentes de las Comunidades Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla la ordenación, instrucción, tramitación, resolución de los procedimientos de concesión y pago de las ayudas del Bono Alquiler Joven, así mismo determina que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana transferirá fondos a las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla para atender a la ayuda del Bono Alquiler Joven mediante resoluciones de transferencia de crédito cuya aceptación deberá ser comunicada al referido Ministerio. En el caso de la Comunidad de Madrid, con fecha 29 de abril de 2022, la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación resolvió la aceptación de la Resolución de la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de 22 de abril de 2022, por la que se acuerdan las transferencias del crédito y se formalizan los compromisos resultantes con la Comunidad de Madrid de 31.800.000,00 euros en el ejercicio 2022 y 31.800.000,00 euros en el ejercicio 2023.

En relación con lo anterior, la Comunidad de Madrid aprobó el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de septiembre de 2022 por el que se autoriza la concesión directa de las subvenciones del Bono Alquiler Joven reguladas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, se autoriza el procedimiento aplicable para la tramitación y resolución de los procedimientos de concesión y pago en la Comunidad de Madrid y se autoriza un gasto plurianual por importe de 31.800.000 euros para la concesión de subvenciones en el ejercicio 2022 y que fue publicado en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 20 de septiembre de 2022.

De esta forma, el importe del presupuesto destinado a financiar esta ayuda en el ejercicio 2022 quedó autorizado en el mencionado Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de septiembre de 2022 y, tras resolver la concesión de ayudas, quedó un total de 12.337.499,58 euros del crédito sin conceder.

Mediante la Orden 424/2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura se declaró disponible el crédito presupuestario para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las ayudas que se regulan en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, relativas a la anualidad 2023 del Bono Alquiler Joven, por un importe total de 31.800.000,00 euros, y se estableció una distribución estimativa de anualidades.

Posteriormente, mediante Acuerdo de la Comisión de Seguimiento entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad de Madrid de 13 de marzo de 2023, se acuerda que ha de entenderse adquirido el compromiso financiero, por parte de la Comunidad de Madrid, en el año 2022 de la cantidad transferida en la anualidad 2022, sin que quepa considerar remanente alguno en los términos establecidos en el artículo 86.2 de la Ley General Presupuestaria.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 4.5 y 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, corresponde a la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura la concesión de las ayudas y la publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión. En consecuencia y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

Primero

Declarar disponible el crédito presupuestario para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las ayudas que se regulan en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, relativas a la anualidad 2023 del Bono Alquiler Joven, incorporando a las cantidades ya declaradas en la Orden 424/2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, 31.800.000,00 euros, las cantidades no comprometidas en el año 2022 de la anualidad de 2022, 12.337.499,58 euros, resultando un total de 44.137.499,58 euros, con la distribución estimativa de anualidades que se indica a continuación, pudiendo producirse redistribución entre las tres anualidades referidas en función de solicitudes recibidas.

Anualidad 2023: 40.037.499,58 euros.

Anualidad 2024: 3.800.000 euros.

Anualidad 2025: 300.000 euros.

Segundo

El crédito disponible será con cargo al subconcepto 48313 “Ayudas a Emancipación de Jóvenes” del programa presupuestario 261A, del presupuesto de gastos de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 10 de abril de 2023.

La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, PALOMA MARTÍN MARTÍN

(03/6.104/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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