Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 90

Fecha del Boletín 
17-04-2023

Sección 1.4.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230417-56

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ADENDA de 3 de abril de 2023, de modificación del convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asociación de Empresarios de Ocio y Espectáculos de la Comunidad de Madrid “Noche Madrid”, para la promoción internacional de la oferta turística de ocio nocturno de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 3 de abril de 2023.

REUNIDOS

De una parte, D. Daniel Martínez Rodríguez, Viceconsejero de Cultura y Turismo de la Comunidad de Madrid, nombrado mediante Decreto 143 /2021 de 30 de junio, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 229/2021 de 13 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte así como en la normativa competencial que justifica su intervención, en concreto el artículo 9 apartado 2 de la Orden 1389/2021 de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, en su relación con el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, actuando en nombre y representación de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, D. Dionisio Lara Porras, actuando en representación de la Asociación de Empresarios de Ocio y Espectáculos de la Comunidad de Madrid “Noche Madrid”, con CIF G-28966059 y domicilio en Calle Valverde, n.o 13, 3.o, 28004 Madrid, en su condición de Presidente, de conformidad con los acuerdos adoptados en la Asamblea General Extraordinaria celebrada el 20 de abril de 2022.

Intervienen en función de sus respectivos cargos, se reconocen, en la representación que ostentan, capacidad para formalizar la presente adenda y a tal efecto,

EXPONEN

I. Con fecha 8 de septiembre de 2022 se suscribió un convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asociación de Empresarios de Ocio y Espectáculos de la Comunidad de Madrid “Noche Madrid”, con el fin de desarrollar un plan de marketing que permita la promoción internacional en los principales mercados emisores turísticos de la oferta de ocio, gastronómica, lúdica y cultural de la vida nocturna de la Comunidad de Madrid, incrementando así el número de viajes, duración y pernoctaciones en la Comunidad de Madrid, y con el objeto de favorecer la desestacionalización y la fidelización al destino Madrid.

Dicho convenio, en su cláusula cuarta, establece una aportación económica por parte de la Comunidad de Madrid de doscientas treinta y seis mil quinientos noventa y cinco euros con noventa y tres céntimos (236.595,93 euros), por el impacto que suponen para la región de Madrid la realización de las acciones previstas en dicho convenio, cantidad desglosada a su vez para los años 2022 y 2023, de la siguiente forma: 2022: 94.140,00 euros (IVA incluido) y 2023: 142.455,93 euros (IVA incluido).

En la misma cláusula se establece que para el año 2023 se realizarán tres pagos, previa presentación de la justificación antes del 30 de abril, del 30 de septiembre y del 5 de diciembre de 2023.

II. Que, de acuerdo con lo establecido en la cláusula sexta del convenio se creó una Comisión de seguimiento del mismo para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse, con el fin de adecuarse a las diversas circunstancias imprevistas que se pudieran producir, teniendo entre otras competencias, la del seguimiento y evaluación de las actividades, la propuesta de temas específicos que se consideren de especial interés para su estudio, así como cualquier otra que se considere conveniente.

III. Que en su reunión de 1 de febrero de 2023 la Comisión de Seguimiento valoró y aprobó la propuesta de modificación planteada por la Asociación de Empresarios de Ocio y Espectáculos de la Comunidad de Madrid “Noche Madrid”, en cuanto a las acciones recogidas en el Anexo I, para el ejercicio 2023 sin que las mismas supongan una alteración de la cuantía total del convenio para el ejercicio 2023 (142.455,93 euros), así como la ampliación del plazo para la presentación de documentación justificativa correspondiente al primer pago del 2023.

IV. Que la estipulación séptima del Convenio establece que, en cualquier momento anterior a la finalización de su vigencia, el mismo podría ser modificado mediante acuerdo expreso de los firmantes que deberá efectuarse en un nuevo documento suscrito por ambas partes de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de régimen jurídico del sector público.

De conformidad con lo expuesto ambas partes acuerdan suscribir la presente Adenda de modificación del convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asociación de Empresarios de Ocio y Espectáculos de la Comunidad de Madrid “Noche Madrid” para la promoción internacional de la oferta turística de ocio nocturno de la Comunidad de Madrid” de fecha 8 de septiembre de 2022 en los términos que se recogen en las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera

Se modifica el último párrafo de la cláusula cuarta del convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asociación de Empresarios de Ocio y Espectáculos de la Comunidad de Madrid “Noche Madrid” para la promoción internacional de la oferta turística de ocio nocturno de la Comunidad de Madrid de fecha 8 de septiembre de 2022, quedando redactada de la siguiente forma:

“Para el año 2022 se realizarán un pago previa presentación de la justificación antes del 5 de diciembre de 2022 y para el año 2023 se realizarán tres pagos previa presentación de la justificación antes del 31 de mayo, del 30 de septiembre y del 5 de diciembre de 2023”.

Segunda

Se modifica el Anexo I del convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asociación de Empresarios de Ocio y Espectáculos de la Comunidad de Madrid “Noche Madrid” para la promoción internacional de la oferta turística de ocio nocturno de la Comunidad de Madrid de 8 de septiembre de 2022, que quedará redactado en los siguientes términos:

Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente Adenda siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la firma de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 3 de abril de 2023.—Por la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre), el Viceconsejero de Cultura y Turismo, Daniel Martínez Rodríguez.—Por la Asociación de Empresarios de Ocio y Espectaculos de la Comunidad de Madrid “Noche Madrid”, el Presidente, Dionisio Lara Porras.

(03/5.937/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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