Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 91

Fecha del Boletín 
18-04-2023

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230418-44

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Moratalaz

44
Madrid. Régimen económico. Distrito de Moratalaz. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del decreto de 15 de marzo de 2023, de la concejal-presidente del Distrito de Moratalaz, por el que se aprueban las bases reguladoras del XXI Certamen de Teatro Clásico de Moratalaz 2023.

Código BDNS 684989

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Beneficiarios

Grupos de teatro no profesionales, entendiendo por tales aquellos inscritos con la denominación de grupo o asociación cultural, no admitiéndose compañías que desarrollen su actividad en salas del circuito profesional.

Segundo. Objeto

Fomentar y apoyar la actividad teatral de los grupos no profesionales, ofreciendo a toda la ciudadanía, sin distinción alguna, la posibilidad de acercarse al teatro clásico en su sentido más amplio.

Tercero. Bases reguladoras

Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es .

Cuarto. Cuantía

La cuantía total de los premios asciende a 4.500 euros, estableciéndose un primer premio de 2.000 euros, un segundo premio de 1.500 y un tercero de 1.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación será de 10 días siguientes a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos

La solicitud se tramitará a través de la Sede Electrónica https://sede.madrid.es . Para ello, se cumplimentará el formulario de solicitud, acompañado de la documentación correspondiente, y se presentará por vía telemática, una vez completado y firmado electrónicamente por el representante legal de la entidad o agrupación, para lo cual será necesario disponer del certificado electrónico de representante de persona jurídica.

Madrid, a 15 de marzo de 2023.—La concejal-presidente, Almudena Maíllo del Valle.

(03/6.060/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230418-44