Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
19-04-2023

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230419-63

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

63
Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Resolución en fecha 13 de abril de 2023 del titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, por la que se convoca a través del procedimiento de concurrencia competitiva, de subvenciones, para la realización de proyectos educativos y actividades de carácter complementario a la educación, durante el curso escolar 2022/2023.

Código asignado por la BDNS: 688506

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los centros docentes, sostenidos con fondos públicos, de Educación Infantil y Primaria, Secundaria y Educación de Personas Adultas, radicados en el municipio de Pozuelo de Alarcón.

No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas entidades que, habiendo recibido subvención en años anteriores, no hayan presentado en la fecha de la convocatoria de las mismas, la memoria explicativa y la justificación económica de la actividad subvencionada y aquellas entidades se encuentren incursas en las causas de prohibición para obtener tal condición establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 5.6 de la ordenanza general de subvenciones.

No podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las entidades que figuren como deudoras respecto del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas.

Para poder ser beneficiarios de estas subvenciones, los aspirantes deberán cumplir los requisitos establecidos en la convocatoria a fecha de finalización del plazo de las solicitudes.

Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para la realización de proyectos educativos y actividades de carácter complementario a la educación, encaminados a mejorar los servicios educativos durante el curso escolar 2022/2023, a favor de los centros docentes sostenidos con fondos públicos radicados en el Municipio de Pozuelo de Alarcón.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza General de Subvenciones de Pozuelo de Alarcón, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294, de 10 de diciembre de 2012.

Cuarto. Cuantía.—El importe total de esta convocatoria asciende a 46.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 61.3261.48900 “Servicios complementarios de educación. Otras ayudas no benéficas” del presupuesto de gastos 2023 del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

En cualquier caso, la cantidad que se adjudique a cada entidad solicitante no podrá superar ninguna de las siguientes cantidades:

— El 80 por 100 del coste del proyecto.

— 5.500 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir de la publicación de un extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—Los solicitantes deberán aportar, junto con la solicitud, la descripción básica del proyecto, según modelo anexo I, que se encuentra disponible en la página web municipal: https://www.pozuelodealarcon.org/hacienda/gestion-de-subvenciones-y-conv... así como el resto de documentación exigida en la cláusula octava de la convocatoria.

Los beneficiarios acreditarán la realización de la actividad subvencionada, mediante la presentación en el Registro General del Ayuntamiento, en cualquier momento hasta el 30 de junio de 2023, inclusive.

Pozuelo de Alarcón, a 17 de abril de 2023.—El titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Eduardo Oria de Rueda Elorriaga.

(03/6.482/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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