Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
19-04-2023

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230419-7

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

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DECRETO 34/2023, de 12 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se dispone el nombramiento del Director de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 1/2023, de 15 de febrero, de creación de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad, los órganos de gobierno de la agencia son el Consejo de Administración, el Presidente y el Director. El artículo 20 de la Ley 1/2023, de 15 de febrero, establece que el Director de la Agencia será nombrado por Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Presidente de la Agencia, una vez oído el Consejo de Administración. El nombramiento deberá recaer en un profesional acreditado con experiencia en funciones de apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica y en gestión pública

En su virtud, el Consejo de Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.m) y 31.c) de la Ley 1/1983, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, y previa deliberación en su reunión del día 12 de abril de 2023

ACUERDA

Nombrar a D. Óscar Álvarez López como Director de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad.

Acordado en Madrid a 12 de abril de 2023.

La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, MARÍA CONCEPCIÓN DANCAUSA TREVIÑO

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/6.163/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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