Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
21-04-2023

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230421-70

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVALCARNERO

URBANISMO

70
Navalcarnero. Urbanismo. Modificación estatutos Junta compensación

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 29 de marzo de 2023, se adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:

Primero.—Aprobar definitivamente la modificación de los estatutos de la Junta de Compensación del Sector I-10 “Navalpark” del PGOU del municipio de Navalcarnero, referido al artículo 3.2, que pasara a tener la siguiente redacción:

“Artículo 3. Domicilio.—2. Este domicilio podrá ser trasladado a otro lugar previo acuerdo del Consejo Rector, que deberá ser notificado al Ayuntamiento de Navalcarnero, para su posterior constancia en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Comunidad de Madrid”.

Segundo.—El presente acuerdo será publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y se deberá notificar individualmente a la Junta de Compensación del Sector I 10 “Navalpark” del PGOU del municipio de Navalcarnero y a los propietarios, con indicación de los recursos procedentes.

Tercero.- Dar traslado de la certificación del presente acuerdo a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid para que proceda a practicar las anotaciones pertinentes en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras.

Cuarto.- Facultar al alcalde-presidente para la firma de cuantos documentos sean precisos para la ejecución de los presentes acuerdos.

Lo que se publica para general conocimiento, significándose que el referido acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de la recepción de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien podrá ser impugnado directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de la recepción de la notificación, de conformidad con los artículos 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Navalcarnero, a 4 de abril de 2023.—El alcalde-presidente, José Luis Adell Fernández.

(02/5.916/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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