Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
28-04-2023

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230428-53

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Arganzuela

53
Madrid. Régimen económico. Distrito de Arganzuela. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Decreto 202300148, de la concejala-presidenta del Distrito de Arganzuela, por el que se aprueban las bases que regirán la convocatoria Premios Arganzuela 2023 VI Edición de Música Popular.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003. De 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).

BDNS (Identif.): 689667

1. Objeto y finalidad de la convocatoria

El Distrito de Arganzuela establece las bases por la que regirán la convocatoria Premios Arganzuela 2023 VI Edición de Música Popular, en régimen de concurrencia competitiva.

Constituye el objeto de estas bases regular la convocatoria del Certamen, con una doble finalidad, la de promocionar e incentivar la creación artística y la innovación en el ámbito de la música, además de crear una plataforma de exhibición y promoción para los creadores y músicos del sector, tan necesitados en estos momentos de lugares de encuentro y de confrontación con el público.

2. Régimen jurídico aplicable

La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (“Boletín Oficial del Estado” de 18 de noviembre de 2003).

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (“Boletín Oficial del Estado” de 25 de julio de 2006).

La disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre 2013, así como lo recogido en la presente convocatoria.

3. Premios

Los premios que se concedan al amparo de esta convocatoria se imputarán al crédito recogido en la partida 2023/001/202/33401/48203 “Actividades culturales. Premios”. El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 4.750,00 euros.

— Primer premio: 2.500,00 euros.

— Segundo premio: 1.500,00 euros.

— Tercer premio: 750,00 euros.

El abono de premios se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por los beneficiarios, previa aportación del documento “Alta de pago por transferencia” o documento “T” y se tendrá en cuenta la legislación vigente en materia de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, a los efectos de aplicar las retenciones correspondientes.

Las maquetas ganadoras con el primero, segundo y tercer premio quedarán en propiedad del Distrito de Arganzuela, reservándose el derecho a reproducirlas en los casos que estime conveniente.

4. Participantes

Podrán participar en esta convocatoria, solistas o grupos musicales residentes en la Comunidad de Madrid, mayores de edad en el momento de presentar las maquetas.

No podrán participar miembros del jurado.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 27 del Reglamento que la desarrolla, no podrán concurrir aquellos que, cumpliendo los requisitos recogidos en las presentes bases, estén incursos en alguna de las causas enumeradas en las citadas disposiciones.

Todo ello se acreditará en el momento de presentación de las solicitudes en la forma prevista en el apartado que regula la Inscripción.

No se podrá exigir la presentación de documentos o la aportación de datos que ya estén en poder de las Administraciones Públicas. A estos efectos, la persona solicitante deberá declarar en qué administración, institución pública u órgano administrativo consta el dato o la documentación original.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, la persona solicitante deberá autorizar expresa e inequívocamente a este Ayuntamiento para la petición y obtención de dicha información, debiendo constar dicho consentimiento en la solicitud de concesión o en cualquier otra comunicación posterior.

La participación en la presente convocatoria supone la aceptación de las presentes bases y del fallo inapelable del jurado.

5. Inscripción y presentación

Para participar será necesario registrar la solicitud de inscripción en el formulario correspondiente y presentar las obras en la dependencia municipal señalada al efecto.

Las solicitudes se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de Madrid:

a) Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento https://sede.madrid.es . En este caso deberá utilizar alguno de los sistemas de identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid. En caso de optar por la presentación electrónica, las maquetas en sobre cerrado, junto con la solicitud de inscripción registrada se entregarán en la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario de Arganzuela-Paseo Chopera, 10, 2.a planta.

b) Presencialmente, en cualquiera de las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas (LPAC). En caso de optar por esta forma de presentación, las maquetas en sobre cerrado junto con la solicitud de inscripción registrada se entregarán en la oficina de Registro del Distrito.

El modelo de solicitud está disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es y estará dirigida a la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario de Arganzuela.

Documentación que deberá acompañar a la solicitud:

— Certificado de estar al corriente con las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria de Madrid, si no se ha autorizado su consulta en el formulario.

6. Plazo

El plazo de presentación de las solicitudes se establece del 15 al 30 de junio de 2023 (no se admitirán inscripciones fuera del plazo establecido).

Madrid, a 19 de abril de 2023.—La concejala-presidenta de Arganzuela, M. Cayetana Hernández de la Riva.

(03/6.819/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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