Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 105

Fecha del Boletín 
04-05-2023

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230504-53

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Moratalaz

53
Madrid. Régimen económico. Distrito de Moratalaz. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del decreto de 29 de marzo de 2023, de la concejala-presidenta del Distrito de Moratalaz, por el que se aprueba las bases reguladoras del XXIV Certamen de Pintura Rápida de Moratalaz 2023

Código BDNS 685881

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Beneficiarios:

1.a Categoría Infantil: Hasta 11 años cumplidos.

2.a  Categoría Juvenil: Desde 12 años a 17 años cumplidos.

3.a  Categoría Adultos: A partir de 18 años.

Podrán presentarse a la categoría de adultos todos los artistas de nacionalidad española y extranjera residentes en España mayores de 18 años. Los participantes deberán tener cumplida la edad exigida en la fecha de celebración del certamen. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, no podrán concurrir las personas incursas en alguna de las causas enumeradas en la citada disposición.

Los participantes en la categoría de adultos deberán acreditar mediante la presentación de la solicitud de inscripción, que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones en la forma establecida en el artículo 33 de la Ordenanza de Bases reguladores Generales para concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismo Públicos.

Segundo. Objeto.—Promover e incentivar la creación artística y sus valores, ofreciendo a toda la ciudadanía la posibilidad de acercarse al arte de la pintura.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es .

Cuarto. Cuantía.—La cuantía total de los premios asciende a 1.700 euros, estableciéndose un primer premio en categoría adultos de 1.000 euros, un segundo premio en categoría adultos de 700.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 17 de junio.

Sexto. Otros datos.—La solicitud se tramitará a través de la sede electrónica https://sede.madrid.es . Para ello, se cumplimentará el formulario de solicitud, acompañado de la documentación correspondiente, y se presentará por vía telemática, una vez completado y firmado electrónicamente, para lo cual será necesario disponer del certificado electrónico.

Presencialmente en el Centro Sociocultural “Eduardo Chillida”, sito en la c/ Arroyo Belincoso, número 9, 28030 Madrid, el día 17 de junio de 9:00 a 10:00 horas

Madrid, a 29 de marzo de 2023.—La concejala-presidenta, Almudena Maíllo del Valle.

(03/6.912/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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