Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 105

Fecha del Boletín 
04-05-2023

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230504-63

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CIEMPOZUELOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

63
Ciempozuelos. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Sobre acuerdo del Pleno de 30 de marzo de 2023, por el que se aprueban la nueva convocatoria y bases reguladoras de la concesión de ayudas para el impulso y el fomento en Ciempozuelos y de su patrimonio hidráulico subterráneo.

BDNS: 689741

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www. pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index ).

Primero. Beneficiarios.—Podrán acceder a la condición de beneficiario las personas físicas, jurídicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas de interés económico, públicas o privadas, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y que dispongan de CIF/NIF propio. Deben disponer de una cuenta bancaria a su nombre y encontrarse en la situación que motiva la concesión de la subvención, que es el fomento de actuaciones de divulgación y promoción de los bienes del patrimonio hidráulico subterráneo, así como bodegas y cuevas, situados el municipio de Ciempozuelos.

Entre todas las solicitudes presentadas se elegirán un máximo de cuatro emplazamientos, ya sean bodegas, cuevas o minas de agua.

Segundo. Objeto.—Las presentes bases tienen por objeto propiciar el desarrollo del turismo del municipio, la protección y conservación de este singular bien, y a impulsar su accesibilidad, visibilidad y difusión del patrimonio hidráulico subterráneo de Ciempozuelos.

Convocando para la anualidad de 2023, a través de un procedimiento de concurrencia competitiva, subvenciones para las personas promotoras de actuaciones destinadas a mostrar a los visitantes y vecinos de Ciempozuelos sus cuevas, sus bodegas y minas de aguas.

Tercero. Bases reguladoras.—Convocatoria y bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas para el Impulso y Fomento del Turismo en Ciempozuelos y de su Patrimonio Hidráulico Subterráneo 2023 ( www.ayto-ciempozuelos.org ).

Cuarto. Cuantía.—El importe máximo imputable a la subvención será de 1.400 euros, que se desglosarán en 350 euros para cada beneficiario, con un máximo de cuatro.

Por cada visita realizada se obtendrá una ayuda de 50 euros, hasta que se alcance la cantidad máxima establecida de 350 euros por beneficiario, la cual se percibirá a final de 2023.

La concesión de la subvención por importe de 1.400 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 3340-48918.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo general de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir de la publicación que legalmente proceda, que vendrá constituida por la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—Convocado el procedimiento, las solicitudes de subvención se presentarán por los interesados, durante el plazo establecido en la convocatoria de subvención, en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, la sede electrónica del Ayuntamiento ( https://sede.ayto-ciempozuelos.org/eAdmin/Sede.do ) y/o demás Registros públicos o modos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Solo se permite la presentación de una solicitud por cada solicitante. En caso de que un mismo interesado presente varias solicitudes, se admitirá, en su caso, aquella que se haya registrado en primer lugar.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las bases en la página web del Ayuntamiento de Ciempozuelos https://ayto-ciempozuelos.org/

Si la solicitud no reuniese toda la documentación exigida o la presentada adoleciera de algún defecto formal, el Ayuntamiento requerirá al interesado para que, en el plazo improrrogable de diez días hábiles aporte los documentos preceptivos o subsane la falta.

En Ciempozuelos, a 21 de abril de 2023.—La alcaldesa-presidenta, Raquel Jimeno Pérez.

(03/6.865/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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