Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
05-05-2023

Sección 1.3.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230505-20

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA

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ORDEN 1143/2023, de 18 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se hace pública la declaración del crédito presupuestario disponible en el ejercicio 2023 para financiar las ayudas para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid.

Mediante Acuerdo de 21 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno, se aprobaron las normas reguladoras por las que se establece el procedimiento de concesión directa de incentivos para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid, al amparo de lo dispuesto en el artículo 4.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

En el artículo 2.1 de las normas reguladoras para la concesión de incentivos para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid, se establece que, mediante Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, en la actual Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se declararán anualmente los créditos presupuestarios disponibles para la financiación de estas ayudas, conforme al artículo 4.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

De acuerdo con la citada Ley, corresponde al órgano concedente de las ayudas la publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender a las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión.

La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid tiene atribuidas las competencias en materia de protección del medio ambiente, en virtud del artículo 27.7 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, y, de forma específica, los artículos 1 y 6.1.f) del Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, atribuyen a esta Consejería competencias en materia de medio ambiente, calidad del aire, evaluación ambiental, sostenibilidad ambiental, y la tramitación de subvenciones y concesiones administrativas.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 7.1.a) y 4.5.c) de La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, corresponde a la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura la concesión de las ayudas, y la publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión,

DISPONGO

Declarar disponible el crédito presupuestario autorizado por Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 5 de abril de 2023, para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las ayudas que se regulan en el Acuerdo de 21 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de incentivos para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid, por un importe de 2.700.000 euros, con cargo al subconcepto 79909, “Otras actuaciones”, del Programa 456B, correspondiente a la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2023.

Madrid, a 18 de abril de 2023.

La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, PALOMA MARTÍN MARTÍN

(03/6.890/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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