Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
08-05-2023

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230508-48

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

OFERTAS DE EMPLEO

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Boadilla del Monte. Ofertas de empleo. Proceso selectivo

Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras 1886/2023, de 20 de abril, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:

“1.o Rectificar el error material advertido en el decreto 1670/2023, de 4 de abril, del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 93, de 20 de abril de 2023), por el que se resuelve el proceso selectivo convocado para la cobertura, por los procedimientos extraordinarios de consolidación y de estabilización de empleo temporal, mediante el sistema de Concurso de Méritos, de diez y una plazas, respectivamente, de personal laboral fijo de técnico conductor del Servicio de Emergencias, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, en el sentido que se indica:

En la parte dispositiva, donde dice:

1.o Aceptar la propuesta para la resolución del proceso selectivo convocado para la cobertura, por los procedimientos extraordinario de consolidación y de estabilización de empleo temporal, mediante el sistema de concurso-oposición, de diez y una plazas, respectivamente, de personal laboral fijo de técnico conductor del Servicio de Emergencias, encuadradas en la Categoría L4 de Clasificación Profesional, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte (…).

En la parte dispositiva, debe decir:

1.o Aceptar la propuesta para la resolución del proceso selectivo convocado para la cobertura, por los procedimientos extraordinario de consolidación y de estabilización de empleo temporal, mediante el sistema de concurso-oposición, de diez y una plazas, respectivamente, de personal laboral fijo de técnico conductor del Servicio de Emergencias, encuadradas en la Categoría L3 de Clasificación Profesional, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte (…).

2.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de la inserción, del documento definitivo rectificado de las bases específicas, en el Tablón de Edictos y Anuncios Digital, y en su página web municipal ( http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org ).

3.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción de su notificación, y se entenderá desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.

La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.

No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su interposición).

Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime procedente".

En Boadilla del Monte, a 21 de abril de 2023.—El segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras, Jesús Egea Pascual.

(01/6.949/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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