Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
09-05-2023

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230509-87

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE LA CALZADA

OTROS ANUNCIOS

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Torrejón de la Calzada. Otros anuncios. Candidaturas juez de paz

Resolución de Alcaldía.—Visto que el 7 de junio de 2023 finaliza el mandato de la juez de paz sustituta de este municipio, y no siendo posible que los trámites para dicha elección finalicen antes de la citada fecha.

Visto el escrito de conformidad de la actual juez de paz sustituta para continuar su mandato hasta que el Pleno de este Ayuntamiento efectúe dicha elección.

Visto el informe de Secretaría número 2023-0322, de fecha 12 de abril de 2023, que obra en el expediente.

Visto que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas juez de paz, titular y sustituto, de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, resuelvo:

Primero.—Solicitar al Tribunal Superior de Justicia de Madrid que sea prorrogado el mandato de la actual juez de paz sustituta hasta que el Pleno de este Ayuntamiento efectúe dicha elección.

Segundo.—Abrir un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales, lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.

Las solicitudes se pueden presentar en el Registro de entrada de este Ayuntamiento, por el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y a través de la Sede Electrónica de este Ayuntamiento ( http://aytotorrejoncalzada.sedelectronica.es ).

Se requiere ser español, mayor de edad y no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Asimismo, deberán ser residentes en el término municipal de Torrejón de la Calzada, de conformidad con el artículo 17 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, salvo que cuenten con autorización expresa de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Además, los aspirantes han de aportar certificado de antecedentes penales actualizado, declaración específica de no estar incurso en incompatibilidad y currículum personal.

Tercero.—Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y los artículos 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.

Cuarto.—Publicar un anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción del partido o Juzgado Decano y en el propio Juzgado de Paz. La fecha del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID es la que determina el cómputo del plazo final de presentación de instancias.

En Torrejón de la Calzada, a 25 de abril de 2023.—La alcadesa, Azahara Molina Martín.

(03/7.064/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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