Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
11-05-2023

Sección 1.4.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230511-62

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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PUBLICACIÓN de 20 de abril de 2023, de segunda adenda de modificación al convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Campos de Golf de Madrid, para el posicionamiento de la Comunidad de Madrid como destino turístico de golf.

En Madrid, a 20 de abril de 2023.

REUNIDOS

De una parte, Dña. Marta Rivera de la Cruz, Consejera de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid (en adelante, la Comunidad de Madrid), nombrada mediante Decreto 51/2021, de 19 de junio, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 229/2021, de 13 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte así como en la normativa competencial que justifica su intervención en concreto el artículo 9 de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones en su relación con el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, actuando en nombre y representación de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, D. Íñigo Garamendi, actuando en representación de la Asociación de Campos de Golf de Madrid, con CIF G87133906 y domicilio carretera de Algete a Alalpardo, km 2,3, Valdeolmos, 28130 Madrid, en su condición de Presidente, de conformidad con el Acta de la Asamblea General Ordinaria de la Asociación de Campos de Golf de Madrid con fecha 9 de diciembre de 2021.

Intervienen en función de sus respectivos cargos, se reconocen, en la representación que ostentan, capacidad para formalizar la presente adenda y, a tal efecto,

EXPONEN

I. Con fecha 29 de marzo de 2022, se suscribió un convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asociación de Campos de Golf de Madrid con el fin de promocionar la Comunidad de Madrid como destino turístico de golf.

Dicho convenio, en su cláusula tercera, establece una aportación económica por parte de la Comunidad de Madrid de cuatrocientas cincuenta y tres mil seiscientos ochenta y nueve euros con cincuenta céntimos (453.689,50 euros) IVA incluido, cantidad desglosada a su vez para los años 2022 y 2023, de la siguiente forma: 2022: 169.097,50 euros (IVA incluido) y 2023: 284.592,00 euros (IVA incluido).

II. Que, de acuerdo con lo establecido en la cláusula sexta del convenio, se creó una Comisión de seguimiento del mismo para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse, con el fin de adecuarse a las diversas circunstancias imprevistas que se pudieran producir, teniendo entre otras competencias, la del seguimiento y evaluación de las actividades, la propuesta de temas específicos que se consideren de especial interés para su estudio, así como modificar las acciones previstas por otras nuevas que sean de mayor interés para alcanzar el objeto de promoción del convenio.

III. Que, con fecha 23 de noviembre de 2022, se suscribió tras la celebración de la primera reunión de la Comisión de seguimiento, adenda por la que se modificó el Anexo 1 del convenio para la anualidad del 2022 sin que las modificaciones afectasen al total del importe destinado a dicha anualidad (169.097,50 euros).

IV. Que, con fecha 21 de marzo de 2023, se reúne de nuevo la Comisión de seguimiento para la valoración de la propuesta de modificación planteada por la Asociación de Campos de Golf de Madrid en cuanto a las acciones recogidas en el anexo I para el ejercicio 2023, sin que las mismas supongan una alteración de la cuantía total del convenio ni de las anualidades establecidas, así como la modificación de los apartados 5,6, y 7 de la cláusula segunda recogiendo nuevas acciones.

V. Que la estipulación séptima del convenio establece que, en cualquier momento anterior a la finalización de su vigencia, el mismo podría ser modificado mediante acuerdo expreso de los firmantes que deberá efectuarse en un nuevo documento suscrito por ambas partes de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente Adenda de modificación del convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Campos de Golf de Madrid para el posicionamiento de la Comunidad de Madrid como destino turístico de golf de fecha 29 de marzo de 2022, en los términos que se recogen en las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera

Se modifica el apartado 5 de la cláusula segunda del convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Campos de Golf de Madrid para el posicionamiento de la Comunidad de Madrid como destino turístico de golf de fecha 29 de marzo de 2022, quedando redactada de la siguiente forma:

“Publicitar la Comunidad de Madrid como destino turístico de golf en medios especializados internacionales en formato impreso y digital (Destination Golf, Travel Trends Golf, ASTA Worldwide Destination y Periodigolf) así como marketing online como google adwords y herramientas como Walk Around, lo que permitirá llegar a un target de más de 300.000 lectores interesados en este tipo de turismo”.

Segunda

Se modifica el apartado 6 de la cláusula segunda del convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Campos de Golf de Madrid para el posicionamiento de la Comunidad de Madrid como destino turístico de golf de fecha 29 de marzo de 2022, quedando redactada de la siguiente forma:

“Realizar campañas comerciales de marketing online con seis touroperadores europeos especializados: Your Golf Travel (UK), Excecutive Golf Travel (Holanda) Golfbreaks.ie (Irlanda) Leading Courses y Golf Plaisir (Suecia), generando contenidos sobre viajes a la Comunidad de Madrid, así como a través de la herramienta Zest Golf tecnología Channel Manager entre turoperadores especializados y la oferta de los campos de golf de Madrid”.

Tercera

Se modifica el apartado 7 de la cláusula segunda del convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Campos de Golf de Madrid para el posicionamiento de la Comunidad de Madrid como destino turístico de golf de fecha 29 de marzo de 2022, quedando redactada de la siguiente forma:

“Asegurar la presencia de ferias especializadas de turismo internacionales (British Golf Show, World TravelMarket, Mondial du Golf, Feria de Golf de Alemania, ITB e Insignia de la Convención Europea IAGTO), de destino Comunidad de Madrid bajo la marca Golf Greater Madrid con el fin de generar networking y establecer un mapa de las tendencias en el sector turismo y turismo + golf, incluyendo decoración del stand y personal para atenderlo”.

Cuarta

Se modifica el Anexo I del convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asociación de la Asociación Campos de Golf de Madrid para el posicionamiento de la Comunidad de Madrid como destino turístico de golf de fecha 29 de marzo de 2022, que quedará redactado en los siguientes términos.

Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente Adenda siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la firma de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 20 de abril de 2023.—Por la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, Marta Rivera de la Cruz.—Por la Asociación de Campos de Golf de Madrid, el Presidente de la Asociación de Campos de Golf de Madrid, Íñigo Garamendi.

(03/7.006/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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