Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
12-05-2023

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230512-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

94
Madrid. Sala de lo Social. Sección Cuarta. Procedimiento 646/2022

SALA DE LO SOCIAL

Sección Cuarta

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. Ana María López-Medel Bascones, letrada de la Admón. de Justicia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sección número 4 de lo Social.

Hago saber: Que en el procedimiento 646/2022, de esta Sección de lo Social, seguido a instancias de D. Abdelhafid Laarousi, frente a Dña. Susana Cuesta Laserna y Clean Business Vision, S. L., sobre recurso de suplicación, se ha dictado la siguiente resolución:

“FALLAMOS

Desestimar el recurso de suplicación 646/2022, formalizado por el letrado D. Juan Campomanes Rodríguez, en nombre y representación de D. Abdelhafid Laarousi, contra la sentencia de fecha 18 de mayo de 2022, dictada por el Juzgado de lo Social número 47, de Madrid, en sus autos número procedimiento ordinario 148/2022, seguidos a instancia de D. Abdelhafid Laarousi, contra Dña. Susana Cuesta Laserna y contra Clean Business Vision, S. L., siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por derechos y cantidad. Confirmamos la sentencia de instancia.

Sin costas”.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Clean Business Vision, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 26 de abril de 2023.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/7.378/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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