Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
12-05-2023

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230512-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

97
Madrid número 18. Procedimiento 601/2023

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Diligencias previas 601/2023 entre D./Dña. JOSÉ LUIS MAZÓN COSTA y OPUS DEI por un presunto delito de Delitos sin especificar, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución.

AUTO

Madrid, a 14 de marzo de 2023.—El/la juez/magistrado-juez que lo dicta: D./Dña. Ángel José Lera Carrasco.

ANTECEDENTES DE HECHO

Único.—En este Juzgado se han recibido las actuaciones precedentes por hechos que pudieran ser constitutivos de infracción penal ocurridos en Madrid, en fecha 6-2-2023, por un presunto delito de Delitos sin especificar, con atestado n.o /2023.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único.—El presente procedimiento se incoa por los hechos que resultan de las anteriores actuaciones, en las que no resulta debidamente acreditada la perpetración de infracción penal alguna, por lo que de conformidad con lo prevenido en los artículos 641.1, 774 y 779-1-1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede incoar Diligencias Previas y acordar su sobreseimiento provisional.

A tenor del artículo 173,4 in fine del Código Penal los delitos referidos en dicho artículo requieren denuncia de la primera agraviada y en este caso el denunciante, no aparece como agraviado y por otra parte se pretende una instrucción preceptiva sin referencia a relato de caso concreto alguno con relevancia criminal, por lo que procede acordar el sobreseimiento provisional a tenor del artículo 641,1.o de la Ley Enjuiciamiento Criminal.

Vistos los preceptos indicados y los demás de pertinente y general aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Incóense diligencias previas, dando parte de incoación al ministerio fiscal. Se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones.

Una vez firme esta resolución, archívense las actuaciones.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación dentro de los tres días siguientes a su notificación, o bien, recurso de apelación directo dentro de los cinco días siguientes a la última notificación.

Y para que sirva de notificación a D./Dña. JOSÉ LUIS MAZÓN COSTA expido y firmo la presente.

En Madrid, a 17 de abril de 2023.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/6.568/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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