Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 114

Fecha del Boletín 
15-05-2023

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230515-15

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 3

15
Móstoles número 3. Ejecución 231/2022

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA DEL MAR GARCÍA ESCOBAR LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 03 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento 231/2022 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FRANCISCO ESCAÑO TUNEZ, D./Dña. TANIA RODRIGUEZ PIMENTEL, D./Dña. GENOVEVA ESCAÑO TUNEZ, D./Dña. SERGIO SAGUN ESCAÑO, D./Dña. MARTA PILAR SANCHEZ TORREJON, D./Dña. MARIA ISABEL ESCAÑO TUNEZ y D./Dña. MARTINA MODESTO FRIAS frente a INNKIPER CATERING Y SERVICIOS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO DE FECHA 14/04/2023 Y DECRETO DE FECHA 14/04/2023

Por aplicación de la Instrucción 6/2012, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, se hace saber a los interesados que dichas resoluciones están a su disposición en la Secretaría del Juzgado y que contra el Auto dictado cabe recurso de Reposición y contra el Decreto recurso directo de Revisión en el plazo de 3 días hábiles siguientes a su notificación.

Y para que sirva de notificación en legal forma a INNKIPER CATERING Y SERVICIOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a catorce de abril de dos mil veintitrés.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/6.461/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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