Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 115

Fecha del Boletín 
16-05-2023

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230516-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

107
Móstoles número 2. Ejecución 46/2023

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en la ejecución número 46/2023 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Guillermo Trigo Rebollo, don Marcos González Candilejo y don Jorge Embarba Pérez, frente a Dasercel Instalaciones Eléctricas, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado decreto de 18 de abril de 2023, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 43.654,64 euros de principal; de intereses y euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado Dasercel Instalaciones Eléctricas, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago, con el siguiente desglose:

— Jorge Embarba Pérez: 11.691,77 euros (correspondiendo 6.793,05 euros en concepto de indemnización, 823,49 euros en concepto de salarios de tramitación y 4.075,23 euros en concepto de reclamación de cantidad); más 203,76 euros en concepto de interés por mora.

— Guillermo Trigo Rebollo: 14.966,32 euros (correspondiendo 2.999,01 euros en concepto de indemnización, 8.852,70 euros en concepto de salarios de tramitación y 3.114,61 euros en concepto de reclamación de cantidad); más 155,73 euros en concepto de interés por mora.

— Marcos González Candilejo: 16.996,55 euros (correspondiendo 4.278,59 euros en concepto de indemnización, 9.603,35 euros en concepto de salarios de tramitación y 3.114,61 euros en concepto de reclamación de cantidad); más 155,73 euros en concepto de interés por mora.

Remítase, vía LexNet, a la letrada de la parte actora copia sellada de la demanda y los testimonios de las resoluciones necesarias, a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Dasercel Instalaciones Eléctricas, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a 20 de abril de 2023.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/6.790/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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