Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
19-05-2023

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230519-27

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

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EXTRACTO de 10 de mayo de 2023, de la Resolución del Sr. Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueban y hacen públicas las bases reguladoras de la convocatoria 2023 de movilidad de estudiantes para prácticas en el extranjero dentro del programa Erasmus+.

BDNS: 694303

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero

Participantes

Podrán participar la presente convocatoria estudiantes universitarios matriculados en la Universidad Rey Juan Carlos que se encuentren cursando estudios conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Grado, Máster Oficial o Doctor, con el fin de realizar prácticas en las siguientes instituciones de acogida: empresas, universidades, centros de formación, centros de investigación, laboratorio y otras organizaciones de similares características.

Quedan excluidos de participación en la presente convocatoria aquellos alumnos que se encuentren cursando, a fecha de la presente convocatoria, estudios conducentes a la obtención de un Título Propio expedido por la Universidad Rey Juan Carlos y alumnos de centros adscritos.

Igualmente, podrán optar a estas becas estudiantes universitarios recién titulados si, de forma concurrente cumplen las dos siguientes premisas:

— La movilidad se realiza dentro del año siguiente a la finalización de sus estudios superiores en la Universidad Rey Juan Carlos.

— Resultan seleccionados por su institución de origen (Universidad Rey Juan Carlos) durante su último año de estudios.

Las becas se concederán para la realización de estancias de prácticas en el extranjero, debiendo estar finalizadas como máximo antes del 31 de julio de 2024 fecha fin del proyecto que financia la presente convocatoria, siendo este plazo improrrogable.

Para poder beneficiarse del programa de prácticas establecido en la presente convocatoria, los estudiantes deberán obtener el consentimiento y aprobación de su tutor académico de prácticas Erasmus+ en la Universidad, y será junto con el tutor de prácticas de la institución de acogida quiénes firmarán el acuerdo de formación establecido conjuntamente, y realizarán las labores de seguimiento durante el período de prácticas Erasmus+.

Prácticas curriculares/extracurriculares.—En el caso de que las prácticas Erasmus realizadas por la consecución de una plaza en la presente convocatoria, cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento de Prácticas Académicas Externas de los Estudiantes Universitarios de la URJC que regula dichas prácticas académicas externas, las prácticas Erasmus podrían ser reconocidas como curriculares/extracurriculares.

Para ello, es obligatorio seguir el procedimiento establecido en dicho reglamento, para que la práctica realizada en movilidad pueda ser curricular/extracurricular.

Dicho proceso debe realizarse previo a la solicitud de la movilidad, establecida en el punto 7 “Presentación de solicitudes” de la presente convocatoria.

Toda la información relativa a las prácticas externas debe consultarse en el siguiente enlace: https://www.urjc.es/principal-intranet/practicas-externas

Segundo

Objeto

Las presentes bases tienen por objeto y finalidad la contribución al fomento de su formación práctica y, en su caso, la financiación (becas) de parte de los gastos que pudiese ocasionar su realización, estando dichas becas supeditadas, en todo caso, a la aprobación final de los fondos correspondientes por parte del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) del Ministerio de Universidades, dentro del Programa Erasmus+ de movilidad de estudiantes para prácticas de la Universidad Rey Juan Carlos.

Tercero

Bases reguladoras

La convocatoria se regula por las bases publicadas en el tablón de anuncios electrónico de la Universidad Rey Juan Carlos https://sede.urjc.es/tablon-oficial

Cuarto

Cuantía

El programa está financiado por la Unión Europea a través del SEPIE, Servicio Español para la Internacionalización de la Educación. La cantidad total máxima de la presente convocatoria es de doscientos noventa mil quinientos sesenta euros (290 560 euros) y se hará efectiva con cargo a la aplicación presupuestaria 30.VC.RI.23.02 423A 483.01, en el ejercicio presupuestario 2023.

De acuerdo a la ayuda concedida a la URJC en el proyecto 2022-1-ES01-KA131-HED-000055194, los estudiantes que resulten beneficiarios de una ayuda económica podrían recibir:

Ayuda adicional para estudiantes con menos oportunidades.—Se financiará con fondos europeos la cantidad adicional de 250 euros mensuales a los estudiantes que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

1. Haber sido beneficiario de una beca de estudios de carácter general de la Administración General del Estado para realizar estudios universitarios y otros estudios superiores o de una beca del Departamento de educación del País Vasco, o de una beca para la escolarización de estudiantes de niveles no universitarios concedida por el Departamento de educación del País Vasco en el curso inmediatamente anterior al que se vaya a realizar la movilidad.

2. Tener la condición de refugiado o con derecho a protección subsidiaria o haber presentado solicitud de protección internacional en España.

3. Tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33 por cien. Además, estos estudiantes podrán recibir ayudas superiores para cubrir gastos adicionales que no puedan ser cubiertos con la ayuda adicional para estudiantes con menos oportunidades, incluidas visitas preparatorias y acompañantes (100% de los costes subvencionables).

Las cantidades especificadas podrán sufrir una variación, al alza, en función de posibles aportaciones adicionales del SEPIE.

Las ayudas financieras de movilidad Erasmus Prácticas adjudicadas a los estudiantes, serán compatibles con otras ayudas y préstamos nacionales, autonómicos, locales y con cualquier ayuda aportada por la institución de acogida, siempre que así lo establezcan las entidades cofinanciadoras del programa.

Ayudas para estudiantes con discapacidades o necesidades especiales excepcionales.—Se prevén ayudas complementarias para estudiantes que presenten una discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100. Además, estos estudiantes podrán recibir ayudas superiores para cubrir gastos adicionales que no puedan ser cubiertos con la ayuda adicional para estudiantes con menos oportunidades, incluidas visitas preparatorias y acompañantes (100 por 100 de los costes subvencionables).

Erasmus+ prevé la existencia de becas Erasmus+ sin financiación, denominadas “beca cero”, esto es, estudiantes que cumplen todos los criterios y requisitos recogidos en esta convocatoria para obtener una beca de movilidad Erasmus+ para prácticas, beneficiándose de todas las ventajas a que tiene acceso un estudiante becado, pero sin recibir ayuda financiera ya que ésta depende de la disponibilidad presupuestaria. Dicha opción se hará constar expresamente en la resolución correspondiente.

Movilidad de doctorado.—Para atender mejor a las diversas necesidades de aprendizaje y formación de los doctorandos, estos pueden participar en períodos de movilidad física, de larga o corta duración, de formación práctica en el extranjero. Esto incluye también los lectorados docentes para los futuros profesores y los lectorados de investigación para los doctorandos en cualquier institución de investigación pertinente. Estas actividades de movilidad también se pueden desarrollar en el contexto de proyectos de investigación financiados por el programa Horizonte Europa, respetando plenamente el principio de que ninguna actividad puede recibir dos veces financiación de la UE.

Se contempla la posibilidad de un componente virtual junto a la movilidad física.

La duración de la estancia puede ser:

— Corta duración: de 5 a 30 días.

— Larga duración: de 2 a 12 meses.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Los solicitantes deberán rellenar la solicitud a través de sede electrónica :

https://sede.urjc.es/web/guest/catalogo-de-servicios

El plazo para la entrega de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, previa remisión de la convocatoria a la BDNS.

Deberá adjuntarse a la solicitud la siguiente documentación:

a) Formulario de solicitud (ver documento Anexo I),

b) Ficha de datos de la institución de acogida, donde el estudiante va a realizar las prácticas debidamente cumplimentada (ver documento Anexo II) (cumplimentar en formato digital).

c) Acuerdo de Formación, (Training Agreement) en este documento se recogerá la propuesta del reconocimiento de las prácticas, los datos de la institución de acogida y el programa del período de prácticas, firmado por el tutor en la URJC, el tutor en la institución de acogida y el estudiante. (Ver Anexo III) (cumplimentar en formato digital).

d) Si ha sido beneficiario/a de la beca MECD debe enviar copia de la resolución en el curso inmediatamente anterior para recibir una ayuda adicional.

Séptimo

Resolución del concurso y recursos

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de dicha resolución o, alternativamente, ser impugnada directamente mediante recurso contencioso-administrativo, ante el mismo orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Móstoles, a 10 de mayo de 2023.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos , Javier Ramos López.

(03/8.044/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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