Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
19-05-2023

Sección 1.4.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230519-32

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA

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RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2023, de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se somete a información pública la propuesta de amojonamiento de la vía pecuaria “Descansadero del Norte” del término municipal de Brunete (Madrid).

Examinado el Fondo Documental del Área de Vías Pecuarias en relación con las vías pecuarias del término municipal de Brunete, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

El Proyecto de Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Brunete fue aprobado por Orden Ministerial de 24 de mayo de 1935.

Segundo

El deslinde de las vías pecuarias del término municipal de Brunete fue aprobado Orden de la Dirección General de Ganadería de 18 de noviembre de 1941.

Tercero

Por Resolución de 10 de junio de 2009, de la Dirección General de Medio Ambiente, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de julio de 2009, se aprueba el amojonamiento de las vías pecuarias del término municipal de Brunete (Madrid).

La sentencia número 677, de 28 de julio de 2011, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, falla anular la Resolución de 10 de junio de 2009, de la Dirección General de Medio Ambiente, exclusivamente en lo referente al Descansadero Norte, condenando a la Administración a realizar un nuevo amojonamiento que se ajuste al deslinde, planos y superficie determinados en la orden de deslinde del año 1935, delimitando en dicho amojonamiento cuáles son los lindes de la superficie considerada necesaria y cuáles los de la sobrante.

Cuarto

Por Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, se acuerda el inicio del procedimiento de amojonamiento de la vía pecuaria “Descansadero del Norte“, del término municipal de Brunete, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 273, de 16 de noviembre.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La Ley 8/1998, de 15 de junio, de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias).

Segundo

De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias “el amojonamiento es el procedimiento administrativo en virtud del cual, una vez aprobado el deslinde, se determinan los límites de la vía pecuaria y se señalizan con carácter permanente sobre el terreno”.

Asimismo, el artículo 16 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, establece que “el amojonamiento es el procedimiento administrativo en virtud del cual, una vez aprobado el Deslinde, se determinan los límites de la vía pecuaria y se señalizan con carácter permanente sobre el terreno. En dicho procedimiento se dará audiencia a los interesados en los términos previstos en el artículo 15, a los solos efectos del acto de amojonamiento”.

Tercero

El trámite de información pública se encuentra previsto en el artículo 11.3 del Decreto 7/2021, de 27 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.

En virtud de lo anteriormente expuesto y en el ejercicio de las competencias atribuidas en el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y el Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,

RESUELVO

Primero

Someter al trámite de información pública de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la propuesta de amojonamiento de la vía pecuaria “Descansadero del Norte“, del término municipal de Brunete.

Segundo

Una vez publicada la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el proyecto de deslinde podrá consultarse en el portal institucional en la ruta https://www.comunidad.madrid/transparencia/

Asimismo, dicho proyecto estará expuesto en las oficinas del Área de Vías Pecuarias de esta Dirección General, sita en la calle Gran Vía, número 3, planta tercera (28013 Madrid), debiendo solicitar cita previa en el teléfono 914 383 117.

Tercero

Durante dicho plazo se podrán presentar las alegaciones que se estimen oportunas ante la Dirección General Agricultura, Ganadería y Alimentación, en cualquiera de los organismos que recoge el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y a través de medios electrónicos en los casos previstos en el artículo 14.2 la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid a 3 de mayo de 2023.—El Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ángel Enrique de Oteo Mancebo.

(03/7.803/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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