Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
22-05-2023

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230522-37

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Expropiación

Anuncio de la aprobación definitiva del Proyecto de Expropiación de los bienes y derechos del titular no adherido a la Junta de Compensación del Sector de Suelo Urbanizable Sectorizado 04.10 RP “Solana de Valdebebas”.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 13 de abril de 2023 y en el expediente administrativo con número de referencia 711/2022/16558, ha adoptado el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar el Proyecto de Expropiación de los bienes y derechos del propietario no adherido a la “Junta de Compensación Solana”, del Sector de Suelo Urbanizable Sectorizado 4.10 RP “Solana de Valdebebas”, tramitado por el sistema de tasación conjunta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 108.3 y 123 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 168.2 y 202 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por el Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.

Segundo.—Notificar el presente acuerdo al expropiado, a la “Junta de Compensación Solana” y demás interesados y proceder a la publicación en el “BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID” y en un periódico de los de mayor difusión, de conformidad con lo establecido en el artículo 202 del Reglamento de Gestión Urbanística.

Lo que se publica para general conocimiento, significando que este Acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado según lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos desde el día siguiente a la publicación del presente Acuerdo, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportunos deducir.

Madrid, a 18 de abril de 2023.—La Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

(02/6.841/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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