Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
22-05-2023

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230522-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
Las Rozas de Madrid. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/695794 ).

BDNS (Identif.): 695794

Primero. Objeto.—El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas económicas para las unidades de convivencia por el nacimiento o adopción de un menor de edad, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023 que se encuentren empadronadas en el municipio de Las Rozas de Madrid de forma ininterrumpida anterior al 1 enero de 2022 hasta la fecha de registro de la solicitud de la ayuda de nacimiento (anexo I), con la finalidad de fomentar la natalidad, contando para ello con el apoyo económico que ayude a paliar los gastos derivados de esta nueva situación, evitando que pudiera ocasionar una dificultad económica y conllevar una posible situación de vulnerabilidad.

Segundo. Bases reguladoras.—La presente convocatoria se regula por las bases aprobadas por Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 17 de mayo, publicadas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en https://www.lasrozas.es/sanidad-y-servicios-sociales

Tercero. Cuantía.—El importe de las ayudas concedidas al albur de esta convocatoria será de 1.000,00 euros por cada menor nacido o adoptado. En todos los supuestos, solo se podrá conceder una ayuda por menor nacido o adoptado.

Cuarto. Plazo de solicitud.—El plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación requerida en la presente convocatoria será de treinta días naturales desde la fecha de nacimiento o adopción. Aquellos casos en los que el nacimiento o adopción se hubiera producido con anterioridad a la publicación de la presente convocatoria de ayudas, el plazo de presentación de la solicitud será de treinta días naturales desde la fecha de publicación de la convocatoria.

En Las Rozas de Madrid, a 17 de mayo de 2023.—El concejal delegado de Familia, Servicios Sociales y Distrito Centro, José Luis San Higinio Gómez.

(03/8.453/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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