Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
24-05-2023

Sección 1.3.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230524-22

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA

22
EXTRACTO de la Orden 1392/2023, de 10 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se amplía la cuantía del crédito presupuestario establecido inicialmente en la Orden 1429/2022 de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se convocan subvenciones para el año 2022, para el programa de ayudas a actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, previstas en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU. BDNS (630055, 630067, 630069, 630071, 630072, 630074, 630075, 630078, 630083).

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Bases de Datos Nacional de Subvenciones, http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans , y en la página web www.comunidad.madrid

Primero

Ampliar en 50.000.000 euros el crédito inicialmente previsto para la concesión de subvenciones del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio. Programa 3.

Segundo

La referida cuantía destinada a ampliar el crédito previsto en la convocatoria para el Programa 3 se contraerá con cargo a los créditos del subconcepto 78405, programa 261A del Presupuesto de Gastos para de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación.

Tercero

Se procede mediante la presente orden a la ampliación del plazo de presentación de solicitudes que se prorrogará hasta el 30 de septiembre de 2023.

Cuarto

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en forma de extracto.

Quinto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el titular de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, computados ambos plazos desde su entrada en vigor conforme al dispongo cuarto.

Madrid, a 10 de mayo de 2023.

La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, PALOMA MARTÍN MARTÍN

(03/8.480/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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