Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 123

Fecha del Boletín 
25-05-2023

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230525-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

58
Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del decreto 10 de mayo de 2023, del delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvención para la adquisición de vehículos eurotaxi con etiqueta CERO emisiones o ECO, CAMBIA 360, correspondiente a la anualidad 2023.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

BDNS (Identif.): 694580

Primero. Objeto.—La adquisición de vehículos eurotaxi, nuevos o de segunda mano, que estén clasificados como CERO emisiones o ECO.

Segundo. Personas beneficiarias.—Titulares de licencia de autotaxi del Ayuntamiento de Madrid que hayan adquirido o tengan intención de adquirir un vehículo eurotaxi CERO emisiones o ECO, nuevo o de segunda mano, desde el día 21 de julio de 2022 hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, con las características previstas en esta convocatoria, para su adscripción a una licencia de autotaxi. Cuando se trate de vehículos de segunda mano, la fecha de la primera matriculación del vehículo deberá ser igual o posterior al 1 de enero de 2019.

Tercero. Procedimiento de concesión.—Procedimiento simplificado de concurrencia competitiva.

Cuarto. Bases reguladoras.—Ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013.

Quinto. Financiación y cuantía de las ayudas.—El crédito destinado a esta convocatoria asciende a doscientos mil euros (200.000 euros), ampliable hasta cien mil euros (100.000 euros) más.

La cuantía de la ayuda será como máximo de 20.000 euros para los vehículos de nueva adquisición y de 10.000 euros, para los vehículos de segunda mano, sin que en ningún caso pueda superar el 50 por 100 del importe de la factura, IVA excluido.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Séptimo. Pago.—El pago de la subvención se efectuará una vez publicada la resolución de concesión y acreditada la adscripción del vehículo a la licencia, según lo previsto en el apartado 11 de la convocatoria.

Octavo. Acumulación y compatibilidad de las ayudas.—Serán compatibles con cualquier otra ayuda pública, siempre que la totalidad de las ayudas obtenidas no exceda el precio del vehículo a adquirir, excluidos impuestos.

Estas ayudas están sometidas al régimen de minimis, conforme a las disposiciones del Reglamento (CE) número 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

Madrid, a 10 de mayo de 2023.—El delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante Muntada.

(03/8.890/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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