Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 123

Fecha del Boletín 
25-05-2023

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230525-80

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA

PERSONAL

80
Collado Villalba. Personal. Nombramiento funcionarios

Mediante decreto de Alcaldía número 4592/2023, de fecha 11 de mayo de 2023, la alcaldesa-presidenta, ha resuelto:

“Decreto.—Vista la calificación definitiva y propuesta de nombramiento formulada por el tribunal calificador del proceso de selección de dos plazas del Cuerpo de Policía Local de Collado Villalba, a cubrir por el sistema de movilidad sin ascenso (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 37 de 14 de febrero de 2022 y “Boletín Oficial del Estado” número 63 de 15 de marzo de 2022).

En uso de las competencias que al efecto me otorgan el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y vista la propuesta de nombramiento como funcionarios de carrera realizada por el concejal de Recursos Humanos, resuelvo:

Primero.—Nombrar funcionarios de carrera, de la Policía Local de Collado Villalba, categoría Policía, a las personas que a continuación se relacionan:

— D. Daniel Crespo Pérez.

— D. Enrique Arranz Martín.

Esta plaza pertenece al grupo C, subgrupo C1, escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, escala básica, categoría Policía, conforme al artículo 76 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, y artículo 33 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.

Segundo.—Publicar esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero.—Conceder a los interesados el plazo de un mes, a contar desde la notificación de este nombramiento, para tomar posesión de la plaza conforme a la base decimonovena de la Orden 1148/1997, de 24 de septiembre de la Comunidad de Madrid.

Cuarto.—Dar traslado de esta resolución a los interesados, y al Área de Seguridad Ciudadana, indicando que pone fin a la vía administrativa y que frente a la misma, puede interponer alternativamente recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, por el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente resolución, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid que por turno corresponda en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente resolución. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio”.

Collado Villalba, a 12 de mayo de 2023.—La alcaldesa, Mª Dolores Vargas Fernández.

(03/8.209/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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