Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
26-05-2023

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230526-56

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE

URBANISMO

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Alpedrete. Urbanismo. Plan especial

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alpedrete, en sesión celebrada el día 27 de abril de 2.023, ha adoptado acuerdo de aprobación inicial del Plan Especial de Mejora de Suelo Urbano, afectando a usos del polígono industrial de Alpedrete, con el siguiente contenido:

Primero.—Aprobar inicialmente el Plan Especial de Mejora de Suelo Urbano en los usos del polígono industrial de Alpedrete, de iniciativa pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 del mismo cuerpo legal.

Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública, por el plazo no inferior a un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión, para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas.

Asimismo, solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos de conformidad con lo previsto en el artículo 57.b) y 59.2.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio.

Tercero.—Remitir el documento técnico, incluido el documento de análisis ambiental, a la Consejería competente en materia de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid a los efectos previstos en el artículo 57.d) de la referida Ley 9/2001, de 17 de julio y en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, al objeto de realizar el trámite de análisis ambiental simplificado.

Cuarto.—Suspender la tramitación de licencias y los efectos de las declaraciones responsables presentadas con posterioridad a la publicación del presente acuerdo que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, con excepción de la primera ocupación y funcionamiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio y 120 del Reglamento de Planeamiento aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio.

Alpedrete, a 16 de mayo de 2023.—El alcalde, Juan Rodríguez Fernández Alfaro.

(03/8.364/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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