Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127

Fecha del Boletín 
30-05-2023

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230530-53

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Obras y Equipamientos

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Obras y Equipamientos. Proyecto urbanización

Aprobación definitiva del proyecto de urbanización del ámbito de suelo urbanizable sectorizado pormenorizado UZPp 02.04 Desarrollo del Este-Los Berrocales (adaptación del proyecto de urbanización del UZP 02.04 Desarrollo del Este-Los Berrocales y su modificado a la revisión del PGOUM de 1985 y modificación del PGOUM de 1997), promovido por la Junta de Compensación del Ámbito. Distrito de Vicálvaro. Expediente 714/2003/03039.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el día 4 de mayo de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.—Resolver las alegaciones presentadas, en los términos y por las razones que figuran en el informe de la Dirección General del Espacio Público Obras e Infraestructuras de fecha 28 de abril de 2023.

Segundo.—Aprobar definitivamente el proyecto de urbanización del ámbito de suelo urbanizable sectorizado pormenorizado UZPp 02.04 “Desarrollo del Este-Los Berrocales” (adaptación del proyecto de urbanización del UZP 02.04 Desarrollo del Este-Los Berrocales y su modificado a la revisión del PGOUM de 1985 y modificación del PGOUM de 1997), promovido por la Junta de Compensación del ámbito, Distrito de Vicálvaro, con un presupuesto, 21%, IVA incluido, de 782.892.141,24 euros”.

Tercero.—Establecer la ejecución de las obras en seis etapas, conforme al informe de la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras. Los diferentes presupuestos de cada una de las etapas son los siguientes:

Cuarto.—El plazo de ejecución de las obras, contado a partir del día siguiente de la firma del acta de comprobación del replanteo, para cada una de las etapas será el que se fija a continuación:

— Etapa 1: 36 meses.

— Etapa 2: 48 meses.

— Etapa 3: 48 meses.

— Etapa 4: 36 meses.

— Etapa 5: 24 meses.

— Etapa 6: 36 meses.

El plazo de garantía de las obras será de dos años a contar desde la fecha de la firma de la respectiva acta de recepción de las obras por el Ayuntamiento de Madrid».

Lo que se comunica para general conocimiento, significándoles que el referido acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 123, y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, podrá ser impugnado directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Madrid, a 17 de mayo de 2023.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

(02/8.482/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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