Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127

Fecha del Boletín 
30-05-2023

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230530-69

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR DE OREJA

PERSONAL

69
Colmenar de Oreja. Personal. Nombramientos personal laboral

Resolución de Alcaldía número 2023-0649, del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, por la que se resuelve la publicación de la relación de personas aprobadas de la convocatoria de las siguientes plazas vacantes, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal llevado a cabo en el Ayuntamiento de Colmenar de Oreja.

Habiendo concluido el procedimiento selectivo incluido en el marco de estabilización de empleo temporal de la convocatoria de las siguientes plazas vacantes de…

1. Conserje Ayuntamiento/notificador. 2. Ayudante servicios múltiples, peón mantenimiento 3. Gestor de Apoyo administración e informática/informático. 4. Electricista. 5. Ayudante servicios múltiples, peón jardinero. 6. Ayudante servicios múltiples, ayudante peón de jardinero. 7. Ayudante servicios múltiples, ayudante peón de limpieza. 9. Limpiadora. 10. Limpiadora. 11. Limpiadora a media jornada. 12. Conserje colegios. 13. Conserje biblioteca. 14. Conserje deportes, mantenimiento. 17. Administrativo gestor de archivo. 18. Administrativo OAC. 20. Auxiliar de intervención. 21. Auxiliar de recaudación. 22. Auxiliar de tesorería. 23. Conserje deportes, oficina. 24. Auxiliar de servicios sociales.

…en el Ayuntamiento de Colmenar de Oreja adjudican las plazas de personal laboral fijo a favor de:

Lo que se hace público a los efectos del artículo 62 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

En Colmenar de Oreja, a 19 de mayo de 2023.—El alcalde-presidente, David Moya Aguilar.

(03/8.664/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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