Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
31-05-2023

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230531-62

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Vicealcaldía

62
Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Decreto de 22 de mayo de 2023, de la delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, por el que se acuerda la aprobación de la convocatoria pública de premios a trabajos académicos y de investigación sobre sistemas de alimentación saludable y sostenible de la ciudad de Madrid para la anualidad 2023.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

BDNS (Identif.): 697608

Primero. Beneficiarios.—Las personas físicas que presenten sus Tesis Doctorales, Trabajos de Fin de Grado o Trabajos de Fin de Máster en las materias relacionadas con la Estrategia de Alimentación Saludable y Sostenible de Madrid, finalizados, leídos y calificados hasta el 15 de septiembre de 2023. Los trabajos presentados no podrán tener una antigüedad superior a 4 años, en el caso de Tesis Doctorales, y 3 años, si se trata de Trabajos de Fin de Grado o de Máster, en el momento de la fecha de publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 y en la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, podrán acceder a la condición de beneficiarias de estos premios aquellas personas que cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y no estén incursas en alguna de las causas de prohibición para acceder a la condición de beneficiario establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

Segundo. Objeto.—Premiar las mejores Tesis Doctorales, Trabajos de Fin de Grado y Trabajos de Fin de Máster en las materias relacionadas con la Estrategia de Alimentación Saludable y Sostenible de Madrid, potenciando con ello el desarrollo de investigaciones, estudios y análisis sobre gobernanza alimentaria, cultura alimentaria, derecho a la alimentación, producción y transformación alimentaria sostenible, distribución y abastecimiento, normativa y compra pública y reducción del desperdicio alimentario y residuos. Estos premios pretenden apoyar y promover la publicación de estudios que versen sobre estos temas en nuestra ciudad, profundizar en su conocimiento y enriquecer estrategias de intervención adaptadas a las peculiaridades del sistema agroalimentario de Madrid.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por acuerdo de 30 de octubre de 2013 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid y el decreto de 22 de mayo de 2023 de la delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía por el que se acuerda la aprobación de la convocatoria pública de Premios a trabajos académicos y de investigación sobre sistemas de alimentación saludable y sostenible de la ciudad de Madrid para la anualidad 2023.

Cuarto. Cuantía.—El gasto que comporta la presente convocatoria asciende a 15.000 euros imputables a la aplicación presupuestaria 001/112/922.07/482.03 "Premios", del programa "Relaciones Institucionales", de los créditos vigentes en la anualidad 2023 para el Ayuntamiento de Madrid.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de las solicitudes comenzará a las 00:00 horas del día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y terminará a las 23:59 horas del 15 de septiembre de 2023.

Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria se desarrolla en régimen de concurrencia competitiva.

La solicitud de inscripción, disponible a través de sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es), debidamente cumplimentada, se podrá presentar electrónicamente utilizando alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid o presencialmente en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La persona solicitante deberá aportar los documentos en formato electrónico, tal y como se indica en el apartado 7 de estas bases de convocatoria.

Estos documentos podrán presentarse, junto con el modelo de solicitud, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, o bien en soporte digital (pendrive o equivalente) en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo establecido en el apartado 8 de esta convocatoria.

El jurado tendrá en cuenta los criterios de valoración y baremos definidos en el apartado 14 de estas bases de convocatoria.

Madrid, a 22 de mayo de 2023.—La delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Begoña Villacís Sánchez.

(03/8.984/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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