Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
01-06-2023

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230601-47

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Alcalá de Henares. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 19 de mayo de 2023, a propuesta de la Alcaldía-Presidencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 127 y 130 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local, y 64 y 159 y siguientes del Reglamento Orgánico Municipal, en relación con los artículos 8 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acordó:

Primero.—Revocar, con efecto de las 23:59 horas del próximo 16 de junio de 2023, cuantas desconcentraciones y/o delegaciones hayan sido llevadas a cabo por la Junta de Gobierno Local a favor de las Juntas Municipales de Distrito y de las diferentes Concejalías-Delegadas.

Segundo.—Revocar, con efecto de las 23:59 horas del próximo 16 de junio de 2023, cuantos nombramientos o designaciones, a favor de los miembros de la Corporación Local, hayan sido conferidos en relación a su integración en órganos colegiados y organismos municipales y otros en los que participe este Ayuntamiento.

Tercero.—Revocar, con efecto de las 23:59 horas del próximo 16 de junio de 2023, cuantos acuerdos hayan sido adoptados por la Junta de Gobierno Local en relación al régimen y retribuciones del personal eventual de confianza política y/o asesoramiento especial de este Ayuntamiento.

Cuarto.—Cesar, con efecto de las 23:59 horas del próximo 16 de junio de 2023, a los titulares de los siguientes órganos directivos, con revocación de cuantas delegaciones, nombramientos o designaciones hayan sido llevadas a cabo a su favor, agradeciéndoles los servicios prestados en este Ayuntamiento:

— Coordinador General de la Alcaldía Presidencia: D. Ignacio Vesperinas Rosillo.

— Coordinadora General de Desarrollo Urbano: D.a Aránzazu Pascual Rodríguez.

— Coordinadora General de Comunicación Institucional: D.a María Soledad Fernández Martín.

— Gerente del EPE Alcalá Desarrollo: D.a Pilar Fernández Herrador.

— Director General de Seguridad Ciudadana y Protección Civil: D. Emilio García Tena.

Al no ostentar ninguno de los mismos la condición de personal funcionario ni laboral de este Ayuntamiento, tras el cese no existe reserva alguna en este Ayuntamiento. En el supuesto de que ostenten dicha condición en cualquier otra Administración Pública, procederá el reingreso al servicio activo en su Administración Pública de procedencia y el fin de la situación administrativa de servicios especiales o equivalente.

Dado que no se procederá en modo alguno al abono de cantidad alguna por falta de disfrute de vacaciones u otros asuntos, el referido personal deberá disfrutar de los mismos en todo caso antes de la fecha de efectos de su cese.

Quinto.—Delegar a favor de la Alcaldía-Presidencia:

— Con efecto de las 00:00 horas del próximo 27 de mayo de 2023 y hasta las 23:59 horas del próximo 16 de junio de 2023, el ejercicio de todas las atribuciones de la Junta de Gobierno Local que resulten susceptibles de delegación y que no hayan sido objeto de delegación a favor de las Juntas Municipales de Distrito y de las diferentes Concejalías-Delegadas.

— Con efecto de las 00:00 horas del próximo 17 de junio de 2023, el ejercicio de todas las atribuciones de la Junta de Gobierno Local que resulten susceptibles de delegación, todo ello hasta la constitución de la Junta de Gobierno Local correspondiente al nuevo mandato 2023-2027 y adopción de nuevos acuerdos de delegación que en su caso procedan.

Todo ello con la expresa indicación que durante el período comprendido entre el 28 de mayo y el 16 de junio de 2023 únicamente podrán adoptarse acuerdos y resoluciones relativos a la llamada “administración ordinaria”; esto es, asuntos corrientes, diarios y usuales del quehacer municipal que no comprometan al nuevo mandato.

El acuerdo que se adopte deja sin efecto cuantos otros anteriores contradigan lo dispuesto en el mismo y en particular la totalidad de los diferentes acuerdos de delegación y/o desconcentración, nombramientos y designaciones adoptados al respecto por la Junta de Gobierno Local en el presente y en anteriores mandatos.

Lo que se hace público a los efectos del artículo 64 del Reglamento Orgánico Municipal, en relación con el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Alcalá de Henares, a 23 de mayo de 2023.—El secretario-titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Ángel de la Casa Monge.

(03/8.884/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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