Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
01-06-2023

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230601-64

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

64
Fuenlabrada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local de 26 de mayo de 2023, punto 38.14 (urgencia), por la que se aprueban las normas reguladoras del Banco Municipal de Tiempo. Curso 2022-2023.

BDNS identif: 651607

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Primero.—Serán destinatarios los estudiantes universitarios beneficiarios definitivos de la Universiayuda, concedida por el Ayuntamiento de Fuenlabrada a sus familias, que quieran realizar esta prestación y que así lo hubieran indicado en su solicitud de Universiayuda 2022-2023.

Requisitos:

1.o Haber indicado en la solicitud de Universiayuda la voluntad de participar en dicho programa y encontrarse dentro de los listados definitivos como solicitud admitida.

2.o Cumplimentar, finalizar y grabar por parte del/de la estudiante universitaria/o una inscripción mediante el Formulario de Inscripción BMT, dentro del período establecido para ello.

3.o Los voluntarios realizarán un servicio de 25 horas en actividades gestionadas directamente por la concejalía de Educación del Ayuntamiento de Fuenlabrada, por alguna otra Concejalía o por un Centro Educativo, estando todas ellas supervisadas por el equipo técnico de la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

4.o La fecha límite de realización de las actividades de voluntariado BMT será el 12 de noviembre de 2023.

5.o Al finalizar la realización de las horas, por parte de la entidad con la que se hubiera realizado la actividad correspondiente, se emitirá un informe final, anexo II.

6.o Será obligatoria la entrega por Registro Municipal del anexo II, debidamente cumplimentado, firmado y dirigido al personal técnico de la concejalía de Educación al cargo de este programa, por parte de la persona autorizada de la entidad colaboradora en la que se efectuó la actividad. Se realizará dicho trámite a través del Registro Municipal —presencial o telemáticamente—, hasta el 17 de noviembre de 2023, inclusive. El incumplimiento de este trámite implicará la no inclusión en el listado de personas beneficiarias del bono BMT.

Segundo. Importe.—El complemento de 200 euros del Bono BMT-Universiayuda se ingresará una vez finalizado el voluntariado y tras la aprobación en la Junta de Gobierno Local, siempre y cuando el beneficiario/a cumpla con todos los requisitos necesarios. Será obligatorio que el beneficiario/a de dicha ayuda esté al corriente de pago con OTAF-Ayuntamiento de Fuenlabrada durante todo el proceso y hasta la resolución definitiva de esta convocatoria, entendiendo por dicha resolución definitiva la aprobación en la Junta de Gobierno Local del Listado de Personas Beneficiarias Definitivas del Bono BMT.

Tercero. Bases reguladoras.—La Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Cuarto.—El Ayuntamiento de Fuenlabrada destinará para ello una aportación económica total de 114.200 euros, en el ejercicio 2023 con cargo a la aplicación presupuestaria de gasto 5031-326-48911.

Quinto.—El plazo de presentación de la inscripción será de una semana natural —cinco días hábiles— iniciada al día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM).

Séptimo.—El pago se ingresará una vez finalizado el voluntariado de forma individualizada y tras la aprobación de la propuesta de pago en la Junta de Gobierno Local.

Octavo.—No se requiere más justificación que el cumplimiento de los requisitos para su obtención.

Fuenlabrada, a 29 de mayo de 2023.—El alcalde-presidente en funciones, Francisco Javier Ayala Ortega.

(03/9.437/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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