Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
01-06-2023

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230601-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

86
Móstoles número 2. Ejecución 52/2023

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. María Isabel Cano Campaña, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 2, de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento 52/2023 (ejecución) de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de D. Juan José González Duarte, frente a Gilgar Sociedad Cooperativa Madrileña, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado auto y decreto, de fecha 8 de mayo de 2023, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de las partes ejecutante, D. Juan José González Duarte, frente a la demandada Gilgar Sociedad Cooperativa Madrileña, parte ejecutada, por un principal de 13.382,50 euros, más 210,42 euros de interés por mora y 1.359,29 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Parte dispositiva

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:

Procédase al embargo telemático a través del Punto Neutro Judicial de los saldos en entidades bancarias y posibles devoluciones pendientes de pago por parte de la Agencia Tributaria.

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a las partes actora para que en diez días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Gilgar Sociedad Cooperativa Madrileña, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a 10 de mayo de 2023.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/7.943/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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