Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 132

Fecha del Boletín 
05-06-2023

Sección 1.3.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230605-23

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

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EXTRACTO de la Orden 1623/2023, de 11 de mayo, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de la Comunidad de Madrid de Enseñanzas Artísticas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño, de Danza y de Música correspondientes al curso académico 2022-2023.

BDNS (Identif.): 695964

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ).

Primero

Beneficiarios

1. Alumnado que haya finalizado las Enseñanzas Artísticas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño en un centro de la Comunidad de Madrid en el año académico 2022-2023 y que haya obtenido una nota media o calificación final del ciclo formativo cursado igual o superior a 8,75.

2. Alumnado que haya finalizado las Enseñanzas Profesionales de Danza o de Música en un centro de la Comunidad de Madrid en el año académico 2022-2023 y que, en ese mismo curso académico, haya obtenido el Premio Fin de Grado en la especialidad por la que participa.

Segundo

Objeto

Convocar los Premios Extraordinarios de la Comunidad de Madrid de las Enseñanzas Artísticas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño, de Danza y de Música correspondientes al curso 2022-2023.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 1819/2016, de 7 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, modificada por la Orden 2281/2017, de 23 de junio, y por la Orden 3308/2021, de 5 de noviembre.

Cuarto

Cuantía

Tres Premios Extraordinarios de Artes Plásticas y Diseño, un Premio Extraordinario de Danza y cinco Premios Extraordinarios de Música, cada uno de ellos con una dotación económica de 2.000 euros.

Quinto

Fases

1. Los Premios Extraordinarios de Artes Plásticas y Diseño, de Danza y de Música de la Comunidad de Madrid constarán de una fase de pruebas y de una fase de adjudicación.

2. En la fase de pruebas se valorarán los proyectos y obras presentados y defendidos por los aspirantes a los premios de Artes Plásticas y Diseño, y de las obras interpretadas por los aspirantes a los correspondientes a Danza y a Música.

3. En el caso de los Premios Extraordinarios de Artes Plásticas y Diseño de la Comunidad de Madrid, el Tribunal tendrá en cuenta los siguientes aspectos:

a) Viabilidad.

b) Grado de innovación.

c) Creatividad.

d) Defensa del proyecto u obra presentado por el alumno.

4. En el Premio Extraordinario de Danza se atenderá a los siguientes aspectos:

a) Interés del programa.

b) Nivel técnico.

c) Nivel artístico.

d) Musicalidad.

5. En los Premios Extraordinarios de Música se atenderá a los siguientes aspectos:

a) Interés musical de las obras interpretadas.

b) Nivel técnico de la interpretación.

c) Calidad de sonido.

d) Coherencia estilística y estética.

La calificación final de la fase de pruebas de cada participante será la media aritmética de las puntuaciones finales obtenidas en los apartados anteriores.

En todos los casos, para obtener el premio será necesaria una calificación final mínima de 8,75 puntos.

Sexto

Propuesta de adjudicación de premios

La propuesta tendrá en cuenta únicamente las actas de calificaciones finales remitidas por los Tribunales. En caso de empate en las calificaciones finales de aspirantes que pudiesen obtener premio, dicho empate se dirimirá aplicando los criterios establecidos en las bases reguladoras de estos premios.

No podrá concederse más de un premio extraordinario por cada una de las familias profesionales artísticas, especialidades instrumentales, vocales o de danza implantadas en la Comunidad de Madrid, ni mayor número de premios que el número de premios convocados.

Séptimo

Plazo de presentación de las solicitudes

El período para realizar la inscripción comprenderá diez días hábiles a partir del día siguiente a la fecha en la que se publique el extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 11 de mayo de 2023.

El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/8.657/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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